{"ley":{"id":"ley-de-instituciones-de-credito","nombre":"Ley de Instituciones de Crédito","abreviatura":"LIC","titulo":"Ley de Instituciones de Crédito","jurisdiccion":"federal","materia":"civil","publicacion_original":"1990-07-18","ultima_reforma":"2025-11-14","ultima_reforma_fuente":"DOF","fuente":"Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión — Leyes Federales Vigentes","fuente_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lic.htm","archivo_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LIC.doc","sha256":"a9933a727b4d83613766fd7ebeb341f6cfefcaca38d648ba0fab4e36b6922ff5","descargado":"2026-10-18","url":"https://articuladomx.com/ley-de-instituciones-de-credito/","notas_verificacion":[]},"articulo":{"numero":"21","clave":"21","slug":"21","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["TITULO SEGUNDO. DE LAS INSTITUCIONES DE CREDITO","CAPITULO I. De las Instituciones de Banca Múltiple","SECCIÓN PRIMERA. Disposiciones Generales"],"texto":"La administración de las instituciones de banca múltiple estará encomendada a un consejo de administración y a un director general, en sus respectivas esferas de competencia.\n\nEl consejo de administración deberá contar con un comité de auditoría, con carácter consultivo. La Comisión Nacional Bancaria y de Valores establecerá, en las disposiciones a que se refiere el segundo párrafo del artículo 22 de esta Ley, las funciones mínimas que deberá realizar el comité de auditoría, así como las normas relativas a su integración, periodicidad de sus sesiones y la oportunidad y suficiencia de la información que deba considerar.\n\nEl director general deberá elaborar y presentar al consejo de administración, para su aprobación, las políticas para el adecuado empleo y aprovechamiento de los recursos humanos y materiales de la institución, las cuales deberán considerar el uso racional de los mismos, restricciones para el empleo de ciertos bienes, mecanismos de supervisión y control y, en general, la aplicación de los recursos a las actividades propias de la institución y a la consecución de sus fines.\n\nEl director general deberá en todos los casos proporcionar datos e informes precisos para auxiliar al consejo de administración en la adecuada toma de decisiones.","nota":"Párrafo adicionado DOF 04-06-2001\nPárrafo adicionado DOF 04-06-2001\nPárrafo adicionado DOF 04-06-2001","url":"https://articuladomx.com/ley-de-instituciones-de-credito/articulo-21/","markdown":"https://articuladomx.com/ley-de-instituciones-de-credito/articulo-21.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"ley-de-instituciones-de-credito","numero":"40","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-de-instituciones-de-credito/articulo-40/"},{"ley":"ley-de-instituciones-de-credito","numero":"24 Bis","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-de-instituciones-de-credito/articulo-24-bis/"},{"ley":"ley-de-instituciones-de-credito","numero":"22","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-de-instituciones-de-credito/articulo-22/"},{"ley":"ley-de-instituciones-de-credito","numero":"45-K","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-de-instituciones-de-credito/articulo-45-k/"},{"ley":"ley-de-instituciones-de-credito","numero":"45-S","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-de-instituciones-de-credito/articulo-45-s/"}]}},"cita":"Artículo 21, Ley de Instituciones de Crédito. Texto vigente, última reforma DOF 14 nov 2025. https://articuladomx.com/ley-de-instituciones-de-credito/articulo-21/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}