{"ley":{"id":"ley-de-instituciones-de-credito","nombre":"Ley de Instituciones de Crédito","abreviatura":"LIC","titulo":"Ley de Instituciones de Crédito","jurisdiccion":"federal","materia":"civil","publicacion_original":"1990-07-18","ultima_reforma":"2025-11-14","ultima_reforma_fuente":"DOF","fuente":"Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión — Leyes Federales Vigentes","fuente_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lic.htm","archivo_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LIC.doc","sha256":"a9933a727b4d83613766fd7ebeb341f6cfefcaca38d648ba0fab4e36b6922ff5","descargado":"2026-10-18","url":"https://articuladomx.com/ley-de-instituciones-de-credito/","notas_verificacion":[]},"articulo":{"numero":"210","clave":"210","slug":"210","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["TÍTULO SÉPTIMO. De la Protección de los Intereses del Público","CAPÍTULO II. Del Sistema de Protección al Ahorro Bancario","SECCIÓN SEGUNDA. De la Liquidación y Liquidación Judicial de las Instituciones de Banca Múltiple","Apartado A. De las Operaciones para la Liquidación de las Instituciones de Banca Múltiple"],"texto":"Podrán implementarse procedimientos de donación o destrucción de bienes muebles, para lo cual deberá elaborarse un dictamen en el que se acredite que el costo de su conservación, administración, mantenimiento o venta, sea superior al beneficio que podría llegar a obtenerse a través de su venta. En el caso de donación, ésta deberá realizarse a favor de la beneficencia pública.\n\nAsimismo, podrán considerarse procedimientos de baja, castigo o quebranto de bienes, cuando el costo de su conservación, cobro, administración o mantenimiento sea superior al beneficio que podría llegar a obtenerse a través de su enajenación, debiéndose observar los lineamientos que para tal efecto emita la Junta de Gobierno del Instituto para la Protección al Ahorro Bancario.","nota":"Artículo adicionado DOF 10-01-2014","url":"https://articuladomx.com/ley-de-instituciones-de-credito/articulo-210/","markdown":"https://articuladomx.com/ley-de-instituciones-de-credito/articulo-210.md","que_significa":null,"citado_por":[{"ley":"ley-de-instituciones-de-credito","numero":"258","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-de-instituciones-de-credito/articulo-258/"}],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"cdmx/codigo-fiscal","numero":"166","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-fiscal/articulo-166/"},{"ley":"cdmx/codigo-fiscal","numero":"286","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-fiscal/articulo-286/"},{"ley":"estado-de-mexico/codigo-civil","numero":"4.185","epigrafe":"Alimentos y Gastos de los animales de compañía","url":"https://articuladomx.com/estados/estado-de-mexico/codigo-civil/articulo-4-185/"},{"ley":"guerrero/codigo-civil","numero":"2266","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/guerrero/codigo-civil/articulo-2266/"},{"ley":"ley-de-vivienda","numero":"47","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-de-vivienda/articulo-47/"}]}},"cita":"Artículo 210, Ley de Instituciones de Crédito. Texto vigente, última reforma DOF 14 nov 2025. https://articuladomx.com/ley-de-instituciones-de-credito/articulo-210/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}