{"ley":{"id":"ley-de-instituciones-de-credito","nombre":"Ley de Instituciones de Crédito","abreviatura":"LIC","titulo":"Ley de Instituciones de Crédito","jurisdiccion":"federal","materia":"civil","publicacion_original":"1990-07-18","ultima_reforma":"2025-11-14","ultima_reforma_fuente":"DOF","fuente":"Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión — Leyes Federales Vigentes","fuente_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lic.htm","archivo_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LIC.doc","sha256":"a9933a727b4d83613766fd7ebeb341f6cfefcaca38d648ba0fab4e36b6922ff5","descargado":"2026-10-18","url":"https://articuladomx.com/ley-de-instituciones-de-credito/","notas_verificacion":[]},"articulo":{"numero":"260","clave":"260","slug":"260","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["TÍTULO SÉPTIMO. De la Protección de los Intereses del Público","CAPÍTULO II. Del Sistema de Protección al Ahorro Bancario","SECCIÓN SEGUNDA. De la Liquidación y Liquidación Judicial de las Instituciones de Banca Múltiple","Apartado C. De la Liquidación Judicial de las Instituciones de Banca Múltiple"],"texto":"El liquidador judicial podrá evitar la ejecución separada de una garantía cuando considere que es en beneficio de los activos de la institución enajenarla como parte de un conjunto de bienes.\n\nEn estos casos, previamente a la enajenación del conjunto de bienes de que se trate, el liquidador judicial realizará una valuación de los bienes que garantizan el crédito.\n\nEn todos los casos, el pago al acreedor ejecutante deberá realizarse dentro de los tres días siguientes al de la enajenación del conjunto de bienes de que se trate.","nota":"Artículo adicionado DOF 10-01-2014","url":"https://articuladomx.com/ley-de-instituciones-de-credito/articulo-260/","markdown":"https://articuladomx.com/ley-de-instituciones-de-credito/articulo-260.md","que_significa":null,"citado_por":[{"ley":"ley-de-instituciones-de-credito","numero":"232","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-de-instituciones-de-credito/articulo-232/"}],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"coahuila/codigo-civil","numero":"1512","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-civil/articulo-1512/"},{"ley":"ley-de-instituciones-de-credito","numero":"257","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-de-instituciones-de-credito/articulo-257/"},{"ley":"ley-de-instituciones-de-credito","numero":"265","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-de-instituciones-de-credito/articulo-265/"},{"ley":"yucatan/codigo-civil","numero":"1465","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/yucatan/codigo-civil/articulo-1465/"},{"ley":"baja-california/codigo-civil","numero":"2199","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/baja-california/codigo-civil/articulo-2199/"}]}},"cita":"Artículo 260, Ley de Instituciones de Crédito. Texto vigente, última reforma DOF 14 nov 2025. https://articuladomx.com/ley-de-instituciones-de-credito/articulo-260/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}