{"ley":{"id":"ley-de-instituciones-de-credito","nombre":"Ley de Instituciones de Crédito","abreviatura":"LIC","titulo":"Ley de Instituciones de Crédito","jurisdiccion":"federal","materia":"civil","publicacion_original":"1990-07-18","ultima_reforma":"2025-11-14","ultima_reforma_fuente":"DOF","fuente":"Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión — Leyes Federales Vigentes","fuente_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lic.htm","archivo_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LIC.doc","sha256":"a9933a727b4d83613766fd7ebeb341f6cfefcaca38d648ba0fab4e36b6922ff5","descargado":"2026-10-18","url":"https://articuladomx.com/ley-de-instituciones-de-credito/","notas_verificacion":[]},"articulo":{"numero":"281","clave":"281","slug":"281","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["TÍTULO OCTAVO. De la Evaluación de Desempeño de las Instituciones de Banca Múltiple"],"texto":"En caso de que el resultado de la evaluación de desempeño no sea satisfactorio, la institución relevante deberá presentar para aprobación de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público un plan para subsanar las deficiencias que se hayan encontrado.\n\nEn caso de que dicho plan no sea presentado por la institución correspondiente, no sea aprobado o no sea cumplido en sus términos, serán aplicables las medidas a que se refiere el artículo 53 de la presente Ley.\n\nLa Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores y el Banco de México tomarán en cuenta las evaluaciones de desempeño de las instituciones de banca múltiple, según sea el caso, para resolver sobre el otorgamiento de autorizaciones que les competa otorgar a dichas instituciones. Dichas autoridades podrán de igual forma tomar en cuenta los planes aprobados en términos del presente artículo.","nota":"Artículo adicionado DOF 10-01-2014","url":"https://articuladomx.com/ley-de-instituciones-de-credito/articulo-281/","markdown":"https://articuladomx.com/ley-de-instituciones-de-credito/articulo-281.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"ley-de-instituciones-de-credito","numero":"278","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-de-instituciones-de-credito/articulo-278/"},{"ley":"ley-de-instituciones-de-credito","numero":"119","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-de-instituciones-de-credito/articulo-119/"},{"ley":"ley-de-instituciones-de-credito","numero":"31","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-de-instituciones-de-credito/articulo-31/"},{"ley":"ley-de-instituciones-de-credito","numero":"96 Bis 2","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-de-instituciones-de-credito/articulo-96-bis-2/"},{"ley":"ley-de-instituciones-de-credito","numero":"27 Bis","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-de-instituciones-de-credito/articulo-27-bis/"}]}},"cita":"Artículo 281, Ley de Instituciones de Crédito. Texto vigente, última reforma DOF 14 nov 2025. https://articuladomx.com/ley-de-instituciones-de-credito/articulo-281/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}