{"ley":{"id":"ley-de-instituciones-de-credito","nombre":"Ley de Instituciones de Crédito","abreviatura":"LIC","titulo":"Ley de Instituciones de Crédito","jurisdiccion":"federal","materia":"civil","publicacion_original":"1990-07-18","ultima_reforma":"2025-11-14","ultima_reforma_fuente":"DOF","fuente":"Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión — Leyes Federales Vigentes","fuente_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lic.htm","archivo_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LIC.doc","sha256":"a9933a727b4d83613766fd7ebeb341f6cfefcaca38d648ba0fab4e36b6922ff5","descargado":"2026-10-18","url":"https://articuladomx.com/ley-de-instituciones-de-credito/","notas_verificacion":[]},"articulo":{"numero":"30","clave":"30","slug":"30","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["TITULO SEGUNDO. DE LAS INSTITUCIONES DE CREDITO","CAPITULO II. De las Instituciones de Banca de Desarrollo","SECCIÓN PRIMERA. Disposiciones Generales"],"texto":"Las instituciones de banca de desarrollo son entidades de la Administración Pública Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propios, constituidas con el carácter de sociedades nacionales de crédito, en los términos de sus correspondientes leyes orgánicas y de esta Ley.\n\nLa Secretaría de Hacienda y Crédito Público expedirá el reglamento orgánico de cada institución, en el que establecerá las bases conforme a las cuáles se regirá su organización y el funcionamiento de sus órganos.\n\nLas instituciones de banca de desarrollo tienen como objeto fundamental facilitar el acceso al crédito y los servicios financieros a personas físicas y morales, así como proporcionarles asistencia técnica y capacitación en términos de sus respectivas leyes orgánicas con el fin de impulsar el desarrollo económico. En el desarrollo de sus funciones las instituciones referidas deberán procurar la sustentabilidad de la institución, mediante la canalización eficiente, prudente y transparente de recursos y la suficiencia de las garantías que se constituyan a su favor, sin que resulten excesivas. Las instituciones de banca de desarrollo podrán realizar funciones de banca social, conforme a lo que se determine en sus respectivas leyes orgánicas.\n\nLas instituciones de banca de desarrollo, en las contrataciones de servicios que requieran para realizar las operaciones y servicios previstos en los artículos 46 y 47 de esta Ley, no estarán sujetas a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.\n\nLas contrataciones que realicen las instituciones de banca de desarrollo relativas al gasto asociado con materiales y suministros, servicios generales, e inversión física en bienes muebles e inmuebles, conforme al artículo 30 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, se sujetarán a lo dispuesto en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.\n\nPara efectos de lo dispuesto en los párrafos anteriores la Secretaría de Hacienda y Crédito Público estará facultada para emitir lineamientos generales conforme a lo dispuesto en el presente artículo, así como resolver consultas sobre contrataciones específicas privilegiando en todo momento la eficiencia, eficacia y debida oportunidad en los servicios que presta la banca de desarrollo.\n\nEl reglamento orgánico y sus modificaciones deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación e inscribirse en el Registro Público de Comercio.","nota":"Párrafo adicionado DOF 24-06-2002. Reformado DOF 10-01-2014\nPárrafo adicionado DOF 01-02-2008\nPárrafo adicionado DOF 01-02-2008\nPárrafo adicionado DOF 01-02-2008","url":"https://articuladomx.com/ley-de-instituciones-de-credito/articulo-30/","markdown":"https://articuladomx.com/ley-de-instituciones-de-credito/articulo-30.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"ley-de-instituciones-de-credito","numero":"88","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-de-instituciones-de-credito/articulo-88/"},{"ley":"ley-de-instituciones-de-credito","numero":"20","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-de-instituciones-de-credito/articulo-20/"},{"ley":"ley-de-instituciones-de-credito","numero":"44 Bis 2","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-de-instituciones-de-credito/articulo-44-bis-2/"},{"ley":"ley-de-instituciones-de-credito","numero":"42","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-de-instituciones-de-credito/articulo-42/"},{"ley":"ley-de-instituciones-de-credito","numero":"44 Bis 3","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-de-instituciones-de-credito/articulo-44-bis-3/"}]}},"cita":"Artículo 30, Ley de Instituciones de Crédito. Texto vigente, última reforma DOF 14 nov 2025. https://articuladomx.com/ley-de-instituciones-de-credito/articulo-30/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}