{"ley":{"id":"ley-de-instituciones-de-credito","nombre":"Ley de Instituciones de Crédito","abreviatura":"LIC","titulo":"Ley de Instituciones de Crédito","jurisdiccion":"federal","materia":"civil","publicacion_original":"1990-07-18","ultima_reforma":"2025-11-14","ultima_reforma_fuente":"DOF","fuente":"Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión — Leyes Federales Vigentes","fuente_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lic.htm","archivo_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LIC.doc","sha256":"a9933a727b4d83613766fd7ebeb341f6cfefcaca38d648ba0fab4e36b6922ff5","descargado":"2026-10-18","url":"https://articuladomx.com/ley-de-instituciones-de-credito/","notas_verificacion":[]},"articulo":{"numero":"33","clave":"33","slug":"33","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["TITULO SEGUNDO. DE LAS INSTITUCIONES DE CREDITO","CAPITULO II. De las Instituciones de Banca de Desarrollo","SECCIÓN PRIMERA. Disposiciones Generales"],"texto":"Salvo el Gobierno Federal y las sociedades de inversión común, ninguna persona física o moral podrá adquirir, mediante una o varias operaciones de cualquier naturaleza, simultáneas o sucesivas, el control de certificados de aportación patrimonial de la serie \"B\" por más del cinco por ciento del capital pagado de una institución de banca de desarrollo. El mencionado límite se aplicará, asimismo, a la adquisición del control por parte de personas que de acuerdo a las disposiciones de carácter general que expida la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, deban considerarse para estos efectos como una sola persona.\n\nLa Secretaría de Hacienda y Crédito Público mediante reglas de carácter general, podrá autorizar que entidades de la Administración Pública Federal y los gobiernos de las entidades federativas y de los municipios, puedan adquirir certificados de la citada serie \"B\", en una proporción mayor a la establecida en este artículo.\n\nEn ningún momento podrán participar en forma alguna en el capital de las instituciones de banca de desarrollo, personas físicas o morales extranjeras, ni sociedades mexicanas en cuyos estatutos no figure cláusula de exclusión directa e indirecta de extranjeros.\n\nLas personas que contravengan lo dispuesto en este artículo, perderán en favor del Gobierno Federal la participación de que se trate.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-de-instituciones-de-credito/articulo-33/","markdown":"https://articuladomx.com/ley-de-instituciones-de-credito/articulo-33.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"ley-de-instituciones-de-credito","numero":"88","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-de-instituciones-de-credito/articulo-88/"},{"ley":"ley-de-instituciones-de-credito","numero":"32","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-de-instituciones-de-credito/articulo-32/"},{"ley":"ley-de-instituciones-de-credito","numero":"37","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-de-instituciones-de-credito/articulo-37/"},{"ley":"ley-de-instituciones-de-credito","numero":"89","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-de-instituciones-de-credito/articulo-89/"},{"ley":"ley-de-instituciones-de-credito","numero":"20","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-de-instituciones-de-credito/articulo-20/"}]}},"cita":"Artículo 33, Ley de Instituciones de Crédito. Texto vigente, última reforma DOF 14 nov 2025. https://articuladomx.com/ley-de-instituciones-de-credito/articulo-33/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}