{"ley":{"id":"ley-de-instituciones-de-credito","nombre":"Ley de Instituciones de Crédito","abreviatura":"LIC","titulo":"Ley de Instituciones de Crédito","jurisdiccion":"federal","materia":"civil","publicacion_original":"1990-07-18","ultima_reforma":"2025-11-14","ultima_reforma_fuente":"DOF","fuente":"Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión — Leyes Federales Vigentes","fuente_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lic.htm","archivo_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LIC.doc","sha256":"a9933a727b4d83613766fd7ebeb341f6cfefcaca38d648ba0fab4e36b6922ff5","descargado":"2026-10-18","url":"https://articuladomx.com/ley-de-instituciones-de-credito/","notas_verificacion":[]},"articulo":{"numero":"37","clave":"37","slug":"37","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["TITULO SEGUNDO. DE LAS INSTITUCIONES DE CREDITO","CAPITULO II. De las Instituciones de Banca de Desarrollo","SECCIÓN PRIMERA. Disposiciones Generales"],"texto":"El capital mínimo de las instituciones de banca de desarrollo será el que establezca la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, mediante disposiciones de carácter general, el cual estará íntegramente pagado. Cuando el capital social exceda del mínimo, deberá estar pagado por lo menos en un cincuenta por ciento, siempre que este porcentaje no sea menor del mínimo establecido.\n\nDichas instituciones podrán emitir certificados de aportación patrimonial no suscritos que conservarán en tesorería y que serán entregados a los suscriptores contra el pago total de su valor nominal y de las primas que, en su caso, fijen las mismas.\n\nCuando una institución de banca de desarrollo anuncie su capital social, deberá al mismo tiempo anunciar su capital pagado.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-de-instituciones-de-credito/articulo-37/","markdown":"https://articuladomx.com/ley-de-instituciones-de-credito/articulo-37.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"ley-de-instituciones-de-credito","numero":"19","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-de-instituciones-de-credito/articulo-19/"},{"ley":"ley-de-instituciones-de-credito","numero":"31","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-de-instituciones-de-credito/articulo-31/"},{"ley":"ley-de-instituciones-de-credito","numero":"88","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-de-instituciones-de-credito/articulo-88/"},{"ley":"ley-de-instituciones-de-credito","numero":"38","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-de-instituciones-de-credito/articulo-38/"},{"ley":"ley-del-issste","numero":"160","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-del-issste/articulo-160/"}]}},"cita":"Artículo 37, Ley de Instituciones de Crédito. Texto vigente, última reforma DOF 14 nov 2025. https://articuladomx.com/ley-de-instituciones-de-credito/articulo-37/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}