{"ley":{"id":"ley-de-los-sistemas-de-ahorro-para-el-retiro","nombre":"Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro","abreviatura":"LSAR","titulo":"Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro","jurisdiccion":"federal","materia":"seguridad-social","publicacion_original":"1996-05-23","ultima_reforma":"2025-11-14","ultima_reforma_fuente":"DOF","fuente":"Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión — Leyes Federales Vigentes","fuente_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lsar.htm","archivo_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LSAR.doc","sha256":"f954c6cd2473a08b72f4465e9c24b9ac2637b65e3f7d403475e28361b6d5330d","descargado":"2026-10-07","url":"https://articuladomx.com/ley-de-los-sistemas-de-ahorro-para-el-retiro/","notas_verificacion":[]},"articulo":{"numero":"10","clave":"10","slug":"10","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["CAPITULO II. De la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro","Sección II. De los Organos de Gobierno"],"texto":"El Secretario de Hacienda y Crédito Público nombrará al Presidente de la Comisión.\n\nEl Presidente deberá reunir los requisitos siguientes:\n\nI.- Ser ciudadano mexicano por nacimiento que no adquiera otra nacionalidad y estar en pleno goce de sus derechos civiles y políticos;\n\nII. Gozar de reconocida experiencia en materia económica, financiera, jurídica o de seguridad social;\n\nIII. No tener nexos patrimoniales con los accionistas que formen el grupo de control de los participantes en los sistemas de ahorro para el retiro sujetos a la supervisión de la Comisión, ni con los funcionarios de primer y segundo nivel de los mismos, así como no ser cónyuge ni tener relación de parentesco consanguíneo dentro del segundo grado con dichas personas;\n\nIV. No haber sido inhabilitado para ejercer el comercio o para desempeñar un empleo, cargo o comisión en el servicio público o en el sistema financiero mexicano y gozar de reconocida solvencia moral, y\n\nV. No desempeñar cargo de elección popular, ni ser accionista, consejero, funcionario, comisario, apoderado o agente de los participantes en los sistemas de ahorro para el retiro.\n\nLa limitación consistente en no ser accionista de los participantes en los sistemas de ahorro para el retiro no será aplicable tratándose de las acciones del capital variable emitidas por Sociedades de Inversión en las que participe como trabajador.","nota":"Fracción reformada DOF 23-01-1998\nFracción reformada DOF 10-12-2002\nFracción reformada DOF 10-12-2002\nFracción adicionada DOF 10-12-2002\nPárrafo adicionado DOF 10-12-2002","url":"https://articuladomx.com/ley-de-los-sistemas-de-ahorro-para-el-retiro/articulo-10/","markdown":"https://articuladomx.com/ley-de-los-sistemas-de-ahorro-para-el-retiro/articulo-10.md"},"cita":"Artículo 10, Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro. Texto vigente, última reforma DOF 14 nov 2025. https://articuladomx.com/ley-de-los-sistemas-de-ahorro-para-el-retiro/articulo-10/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}