{"ley":{"id":"ley-de-los-sistemas-de-ahorro-para-el-retiro","nombre":"Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro","abreviatura":"LSAR","titulo":"Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro","jurisdiccion":"federal","materia":"seguridad-social","publicacion_original":"1996-05-23","ultima_reforma":"2025-11-14","ultima_reforma_fuente":"DOF","fuente":"Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión — Leyes Federales Vigentes","fuente_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lsar.htm","archivo_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LSAR.doc","sha256":"f954c6cd2473a08b72f4465e9c24b9ac2637b65e3f7d403475e28361b6d5330d","descargado":"2026-10-07","url":"https://articuladomx.com/ley-de-los-sistemas-de-ahorro-para-el-retiro/","notas_verificacion":[]},"articulo":{"numero":"66 Bis","clave":"66bis","slug":"66-bis","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["CAPITULO III. De los Participantes en los Sistemas de Ahorro para el Retiro","Sección V. De las Relaciones entre las Administradoras y los Grupos y Entidades Financieras y de los Conflictos de Interés"],"texto":"La persona designada como director general o su equivalente de una administradora o institución que realice funciones similares, pública o privada, además de cumplir con lo dispuesto en el artículo anterior, deberá tener un perfil profesional y ético conforme a lo siguiente:\n\nI. Ser residente en territorio mexicano, en términos de lo dispuesto por el Código Fiscal de la Federación;\n\nII. Haber prestado por lo menos cinco años sus servicios en puestos de alto nivel decisorio, cuyo desempeño requiera conocimiento y experiencia en materia financiera y administrativa;\n\nIII. No estar realizando ni haber realizado en los últimos dos años, funciones de regulación de entidades del sistema financiero mexicano;\n\nIV. No haber sido inhabilitado para ejercer el comercio o para desempeñar cargo o comisión en el servicio público o en el sistema financiero mexicano, y no haber sido condenado por delito que amerite privación de la libertad o encontrarse inhabilitado en los términos de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, y\n\nV. No estar desempeñando o haber desempeñado en los últimos dos años previos a su designación, cargo alguno de cualquier índole en partidos o agrupaciones políticas, ni en organizaciones de trabajadores o de patrones o cargos de elección popular.\n\nEn el caso de las Administradoras o instituciones que realicen funciones similares de naturaleza pública, el director general o su equivalente, adicionalmente deberá ser ciudadano mexicano.","nota":"Artículo adicionado DOF 15-06-2007","url":"https://articuladomx.com/ley-de-los-sistemas-de-ahorro-para-el-retiro/articulo-66-bis/","markdown":"https://articuladomx.com/ley-de-los-sistemas-de-ahorro-para-el-retiro/articulo-66-bis.md"},"cita":"Artículo 66 Bis, Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro. Texto vigente, última reforma DOF 14 nov 2025. https://articuladomx.com/ley-de-los-sistemas-de-ahorro-para-el-retiro/articulo-66-bis/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}