{"ley":{"id":"ley-de-migracion","nombre":"Ley de Migración","abreviatura":"LMigra","titulo":"Ley de Migración","jurisdiccion":"federal","materia":"administrativo","publicacion_original":"2011-05-25","ultima_reforma":"2026-01-15","ultima_reforma_fuente":"DOF","fuente":"Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión — Leyes Federales Vigentes","fuente_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lmigra.htm","archivo_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LMigra.doc","sha256":"d81710dc7b2343c90ca70b792fbc7318bbdd782236aa505304d08ba4fceaa9a9","descargado":"2026-10-17","url":"https://articuladomx.com/ley-de-migracion/","notas_verificacion":[]},"articulo":{"numero":"37","clave":"37","slug":"37","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["TÍTULO CUARTO. DEL MOVIMIENTO INTERNACIONAL DE PERSONAS Y LA ESTANCIA DE EXTRANJEROS EN TERRITORIO NACIONAL","CAPÍTULO I. DE LA ENTRADA Y SALIDA DEL TERRITORIO NACIONAL"],"texto":"Para internarse al país, los extranjeros deberán:\n\nI. Presentar en el filtro de revisión migratoria ante el Instituto, los documentos siguientes:\n\na) Pasaporte o documento de identidad y viaje que sea válido de conformidad con el derecho internacional vigente, y\n\nb) Cuando así se requiera, visa válidamente expedida y en vigor, en términos del artículo 40 de esta Ley; o\n\nc) Tarjeta de residencia o autorización en la condición de estancia de visitante regional, visitante trabajador fronterizo o visitante por razones humanitarias.\n\nII. Proporcionar la información y los datos personales que las autoridades competentes soliciten en el ámbito de sus atribuciones.\n\nIII. No necesitan visa los extranjeros que se ubiquen en alguno de los siguientes supuestos:\n\na) Nacionales de países con los que se haya suscrito un acuerdo de supresión de visas o que no se requiera de visado en virtud de una decisión unilateral asumida por el Estado mexicano;\n\nb) Solicitantes de la condición de estancia de visitante regional y visitante trabajador fronterizo;\n\nc) Titulares de un permiso de salida y regreso;\n\nd) Titulares de una condición de estancia autorizada, en los casos que previamente determine la Secretaría;\n\ne) Solicitantes de la condición de refugiado, de protección complementaria y de la determinación de apátrida, o por razones humanitarias o causas de fuerza mayor, y\n\nf) Miembros de la tripulación de embarcaciones o aeronaves comerciales conforme a los compromisos internacionales asumidos por México.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-de-migracion/articulo-37/","markdown":"https://articuladomx.com/ley-de-migracion/articulo-37.md","que_significa":null,"citado_por":[{"ley":"ley-de-migracion","numero":"42","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-de-migracion/articulo-42/"},{"ley":"ley-de-migracion","numero":"86","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-de-migracion/articulo-86/"}],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"ley-de-migracion","numero":"47","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-de-migracion/articulo-47/"},{"ley":"ley-de-migracion","numero":"65","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-de-migracion/articulo-65/"},{"ley":"ley-de-migracion","numero":"135","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-de-migracion/articulo-135/"},{"ley":"ley-de-migracion","numero":"94","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-de-migracion/articulo-94/"},{"ley":"ley-de-migracion","numero":"16","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-de-migracion/articulo-16/"}]}},"cita":"Artículo 37, Ley de Migración. Texto vigente, última reforma DOF 15 ene 2026. https://articuladomx.com/ley-de-migracion/articulo-37/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}