{"ley":{"id":"ley-de-migracion","nombre":"Ley de Migración","abreviatura":"LMigra","titulo":"Ley de Migración","jurisdiccion":"federal","materia":"administrativo","publicacion_original":"2011-05-25","ultima_reforma":"2026-01-15","ultima_reforma_fuente":"DOF","fuente":"Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión — Leyes Federales Vigentes","fuente_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lmigra.htm","archivo_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LMigra.doc","sha256":"d81710dc7b2343c90ca70b792fbc7318bbdd782236aa505304d08ba4fceaa9a9","descargado":"2026-10-17","url":"https://articuladomx.com/ley-de-migracion/","notas_verificacion":[]},"articulo":{"numero":"69","clave":"69","slug":"69","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["TÍTULO QUINTO. DE LA PROTECCIÓN A LOS MIGRANTES QUE TRANSITAN POR EL TERRITORIO NACIONAL","CAPÍTULO ÚNICO. DISPOSICIONES GENERALES"],"texto":"Los migrantes que se encuentren en situación migratoria irregular en el país tendrán derecho a que las autoridades migratorias, al momento de su presentación, les proporcionen información acerca de:\n\nI. Sus derechos y garantías de acuerdo con lo establecido en la legislación aplicable y en los tratados y convenios internacionales de los cuales sea parte el Estado mexicano;\n\nII. El motivo de su presentación;\n\nIII. Los requisitos establecidos para su admisión, sus derechos y obligaciones de acuerdo con lo establecido por la legislación aplicable;\n\nIV. La notificación inmediata de su presentación por parte de la autoridad migratoria, al consulado del país del cual manifiesta ser nacional, excepto en el caso de que el extranjero pudiera acceder al asilo político o al reconocimiento de la condición de refugiado;\n\nV. La posibilidad de regularizar su situación migratoria, en términos de lo dispuesto por los artículos 132, 133 y 134 de esta Ley, y\n\nVI. La posibilidad de constituir garantía en los términos del artículo 102 de esta Ley.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-de-migracion/articulo-69/","markdown":"https://articuladomx.com/ley-de-migracion/articulo-69.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"ley-de-migracion","numero":"13","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-de-migracion/articulo-13/"},{"ley":"ley-de-migracion","numero":"16","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-de-migracion/articulo-16/"},{"ley":"ley-de-migracion","numero":"109","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-de-migracion/articulo-109/"},{"ley":"ley-de-migracion","numero":"58","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-de-migracion/articulo-58/"},{"ley":"ley-de-migracion","numero":"12","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-de-migracion/articulo-12/"}]}},"cita":"Artículo 69, Ley de Migración. Texto vigente, última reforma DOF 15 ene 2026. https://articuladomx.com/ley-de-migracion/articulo-69/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}