{"ley":{"id":"ley-de-proteccion-y-defensa-al-usuario-de-servicios-financieros","nombre":"Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros","abreviatura":"LPDUSF","titulo":"Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros","jurisdiccion":"federal","materia":"administrativo","publicacion_original":"1999-01-18","ultima_reforma":"2025-11-14","ultima_reforma_fuente":"DOF","fuente":"Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión — Leyes Federales Vigentes","fuente_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lpdusf.htm","archivo_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LPDUSF.doc","sha256":"8307e6ebbdbf2233df2e04956889ff630a0be20f16a4de821ce9dc72388252df","descargado":"2026-10-07","url":"https://articuladomx.com/ley-de-proteccion-y-defensa-al-usuario-de-servicios-financieros/","notas_verificacion":[]},"articulo":{"numero":"35","clave":"35","slug":"35","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["TÍTULO TERCERO. DE LA ORGANIZACIÓN Y PATRIMONIO DE LA COMISIÓN NACIONAL","CAPÍTULO II. DE LOS CONSEJOS CONSULTIVOS DE LA COMISIÓN NACIONAL"],"texto":"Los Consejos Consultivos tendrán las siguientes atribuciones:\n\nI. Opinar ante la Comisión Nacional sobre el desarrollo de los programas y actividades que realice;\n\nII. Elaborar propuestas que contribuyan al mejoramiento de los servicios que proporciona la Comisión Nacional;\n\nIII. Opinar sobre el establecimiento de criterios para orientar la protección y defensa de los derechos de los Usuarios;\n\nIV. Opinar ante la Comisión Nacional en cuestiones relacionadas con las políticas de protección y defensa a los Usuarios, así como sobre las campañas publicitarias que la Comisión Nacional emprenda, con el fin de fomentar una cultura financiera entre la población;\n\nV. Proponer medidas para fortalecer la desconcentración de la Comisión Nacional con base en los lineamientos que expidan, en sus respectivos ámbitos de competencia, la Junta y el Presidente;\n\nVI. Resolver o, en su caso, emitir opinión respecto de los asuntos que sean sometidos a su consideración, y\n\nVII. Las demás que como órgano auxiliar le confieran otros ordenamientos.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-de-proteccion-y-defensa-al-usuario-de-servicios-financieros/articulo-35/","markdown":"https://articuladomx.com/ley-de-proteccion-y-defensa-al-usuario-de-servicios-financieros/articulo-35.md"},"cita":"Artículo 35, Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros. Texto vigente, última reforma DOF 14 nov 2025. https://articuladomx.com/ley-de-proteccion-y-defensa-al-usuario-de-servicios-financieros/articulo-35/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}