{"ley":{"id":"ley-de-vivienda","nombre":"Ley de Vivienda","abreviatura":"LViv","titulo":"Ley de Vivienda","jurisdiccion":"federal","materia":"administrativo","publicacion_original":"2006-06-27","ultima_reforma":"2026-04-29","ultima_reforma_fuente":"DOF","fuente":"Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión — Leyes Federales Vigentes","fuente_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lviv.htm","archivo_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LViv.doc","sha256":"751a2e1d9ecd63f3aade83e2ed6a31400ace5e97510f1eade2b653d192154233","descargado":"2026-10-18","url":"https://articuladomx.com/ley-de-vivienda/","notas_verificacion":[]},"articulo":{"numero":"1","clave":"1","slug":"1","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["TÍTULO PRIMERO. DE LAS DISPOSICIONES GENERALES","CAPÍTULO ÚNICO"],"texto":"La presente Ley es reglamentaria del artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de vivienda. Sus disposiciones son de orden público e interés social y tienen por objeto establecer y regular la política nacional, los programas, los instrumentos y apoyos para que toda persona pueda disfrutar de vivienda adecuada.\n\nLa vivienda es un área prioritaria para el desarrollo nacional. El Estado impulsará y organizará las actividades inherentes a la materia, por sí y con la participación de los sectores social y privado, de acuerdo con las disposiciones de esta Ley.\n\nLa política nacional y los programas, así como el conjunto de instrumentos y apoyos que señala este ordenamiento, conducirán el desarrollo y promoción de las actividades de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal en materia de vivienda, su coordinación con los gobiernos de las entidades federativas y municipios, y la concertación con los sectores social y privado, a fin de sentar las bases para aspirar a un desarrollo nacional más equitativo, que integre entre sí a los centros de población más desarrollados con los centros de desarrollo productivo, considerando también a los de menor desarrollo, para corregir las disparidades regionales y las inequidades sociales derivadas de un desordenado crecimiento de las zonas urbanas.\n\nLos programas, instrumentos y apoyos de vivienda se diseñarán, implementarán y evaluarán con perspectiva de género y de derechos humanos.","nota":"Párrafo reformado DOF 29-04-2026\nPárrafo reformado DOF 24-03-2014\nPárrafo adicionado DOF 15-01-2026","url":"https://articuladomx.com/ley-de-vivienda/articulo-1/","markdown":"https://articuladomx.com/ley-de-vivienda/articulo-1.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"ley-de-vivienda","numero":"6","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-de-vivienda/articulo-6/"},{"ley":"ley-de-vivienda","numero":"48","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-de-vivienda/articulo-48/"},{"ley":"ley-de-vivienda","numero":"74","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-de-vivienda/articulo-74/"},{"ley":"ley-de-vivienda","numero":"73","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-de-vivienda/articulo-73/"},{"ley":"ley-de-vivienda","numero":"87","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-de-vivienda/articulo-87/"}]}},"cita":"Artículo 1, Ley de Vivienda. Texto vigente, última reforma DOF 29 abr 2026. https://articuladomx.com/ley-de-vivienda/articulo-1/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}