{"ley":{"id":"ley-de-vivienda","nombre":"Ley de Vivienda","abreviatura":"LViv","titulo":"Ley de Vivienda","jurisdiccion":"federal","materia":"administrativo","publicacion_original":"2006-06-27","ultima_reforma":"2026-04-29","ultima_reforma_fuente":"DOF","fuente":"Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión — Leyes Federales Vigentes","fuente_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lviv.htm","archivo_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LViv.doc","sha256":"751a2e1d9ecd63f3aade83e2ed6a31400ace5e97510f1eade2b653d192154233","descargado":"2026-10-18","url":"https://articuladomx.com/ley-de-vivienda/","notas_verificacion":[]},"articulo":{"numero":"38","clave":"38","slug":"38","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["TÍTULO TERCERO. DEL SISTEMA NACIONAL DE VIVIENDA","CAPÍTULO VI. De la Coordinación"],"texto":"Para cumplir con el objeto de esta Ley, el Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría y con la participación que corresponda a las demás dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, celebrará convenios y acuerdos en los términos de esta Ley, los cuales tendrán por objeto:\n\nI. Establecer los mecanismos para garantizar una adecuada distribución de responsabilidades, así como la congruencia y complementariedad entre las políticas, programas y acciones federales de vivienda y suelo, con los de las entidades federativas, municipios y alcaldías;\n\nII. Aplicar recursos para la ejecución de las acciones previstas en los programas de vivienda;\n\nIII. Fomentar una oferta competitiva de suelo;\n\nIV. Fomentar y apoyar los procesos de producción social de vivienda, de vivienda rural, de vivienda de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas;\n\nV. Organizar y promover la producción y distribución de materiales de construcción que satisfagan las normas oficiales mexicanas;\n\nVI. Fomentar el desarrollo de sistemas constructivos mejorados y modulados acordes a los patrones culturales y al entorno bioclimático de las regiones;\n\nVII. Promover el desarrollo del mercado secundario y de arrendamiento de vivienda;\n\nVIII. Brindar asistencia y capacitación a los organismos locales para la programación, instrumentación, ejecución y evaluación de programas de vivienda;\n\nIX. Establecer medidas que fortalezcan la capacidad de gestión de los municipios, de las alcaldías; y precisar las responsabilidades de los involucrados para la formulación y ejecución de programas de vivienda y de suelo;\n\nX. Promover la homologación normativa y la simplificación de los trámites administrativos que se requieran para la ejecución de acciones de vivienda, reconociendo los distintos tipos y modalidades de producción habitacional;\n\nXI. Facilitar mecanismos de información y elaboración de estudios sobre las necesidades, inventario, modalidades y características de la vivienda;\n\nXII. Impulsar estrategias incluyentes para incrementar el impacto social de los recursos fiscales, con el objetivo de promover programas de vivienda a partir de la planeación para el desarrollo regional y la ordenación urbana y territorial;\n\nXIII. Promover mecanismos de coordinación y planeación que permitan identificar las prioridades comunes para la región y conjuntar recursos para financiar proyectos que detonen los programas de vivienda y del desarrollo regional, y\n\nXIV. La realización de las demás acciones tendientes a cumplir con los fines previstos en esa Ley.\n\nEn los convenios y acuerdos que señala este artículo, lo referido al suelo tendrá que observar las disposiciones correspondientes que establece la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano y demás ordenamientos aplicables.","nota":"Párrafo reformado DOF 14-05-2019\nFracción reformada DOF 14-05-2019\nFracción reformada DOF 01-04-2024\nFracción reformada DOF 14-05-2019\nFracción reformada DOF 24-03-2014\nFracción adicionada DOF 24-03-2014\nFracción adicionada DOF 24-03-2014\nFracción recorrida DOF 24-03-2014\nPárrafo reformado DOF 14-05-2019","url":"https://articuladomx.com/ley-de-vivienda/articulo-38/","markdown":"https://articuladomx.com/ley-de-vivienda/articulo-38.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"ley-agraria","numero":"3","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-agraria/articulo-3/"},{"ley":"ley-de-los-derechos-de-las-personas-adultas-mayores","numero":"2","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-de-los-derechos-de-las-personas-adultas-mayores/articulo-2/"},{"ley":"ley-general-de-educacion","numero":"10","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-general-de-educacion/articulo-10/"},{"ley":"ley-de-vivienda","numero":"66","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-de-vivienda/articulo-66/"},{"ley":"ley-de-proteccion-y-defensa-al-usuario-de-servicios-financieros","numero":"6","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-de-proteccion-y-defensa-al-usuario-de-servicios-financieros/articulo-6/"}]}},"cita":"Artículo 38, Ley de Vivienda. 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