{"ley":{"id":"ley-de-vivienda","nombre":"Ley de Vivienda","abreviatura":"LViv","titulo":"Ley de Vivienda","jurisdiccion":"federal","materia":"administrativo","publicacion_original":"2006-06-27","ultima_reforma":"2026-04-29","ultima_reforma_fuente":"DOF","fuente":"Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión — Leyes Federales Vigentes","fuente_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lviv.htm","archivo_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LViv.doc","sha256":"751a2e1d9ecd63f3aade83e2ed6a31400ace5e97510f1eade2b653d192154233","descargado":"2026-10-18","url":"https://articuladomx.com/ley-de-vivienda/","notas_verificacion":[]},"articulo":{"numero":"61","clave":"61","slug":"61","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["TÍTULO CUARTO. DEL FINANCIAMIENTO PARA LA VIVIENDA","CAPÍTULO IV. De los Subsidios"],"texto":"Los subsidios que en materia de vivienda y de suelo otorgue el Gobierno Federal se destinarán exclusivamente a los hogares en situación de pobreza, la cual se definirá, identificará y medirá de acuerdo a lo previsto en la Ley General de Desarrollo Social y su Reglamento.\n\nLa Secretaría de Desarrollo Social deberá elaborar anualmente, una estimación fundamentada que determine el monto de recursos federales requeridos para cumplimentar la política de subsidios.\n\nPara la estimación de los recursos a que se refiere el párrafo anterior, se deberá considerar el rezago habitacional, las necesidades de vivienda, la condición de pobreza de los hogares, así como el grado de marginación de la comunidad rural o urbana, entre otros.\n\nDicha estimación se presentará conjuntamente con el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación que el Ejecutivo Federal remita a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, quién deberá considerarla para la aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal que corresponda, tomando en cuenta los compromisos que, en su caso, deriven de los programas que se realicen en cumplimiento a lo dispuesto por el presente ordenamiento.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-de-vivienda/articulo-61/","markdown":"https://articuladomx.com/ley-de-vivienda/articulo-61.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"ley-de-vivienda","numero":"62","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-de-vivienda/articulo-62/"},{"ley":"ley-de-vivienda","numero":"47","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-de-vivienda/articulo-47/"},{"ley":"ley-de-vivienda","numero":"54","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-de-vivienda/articulo-54/"},{"ley":"cdmx/codigo-fiscal","numero":"270","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-fiscal/articulo-270/"},{"ley":"ley-de-vivienda","numero":"55","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-de-vivienda/articulo-55/"}]}},"cita":"Artículo 61, Ley de Vivienda. Texto vigente, última reforma DOF 29 abr 2026. https://articuladomx.com/ley-de-vivienda/articulo-61/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}