{"ley":{"id":"ley-del-impuesto-al-valor-agregado","nombre":"Ley del Impuesto al Valor Agregado","abreviatura":"LIVA","titulo":"Ley del Impuesto al Valor Agregado","jurisdiccion":"federal","materia":"fiscal","publicacion_original":"1978-12-29","ultima_reforma":"2021-11-12","ultima_reforma_fuente":"DOF","fuente":"Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión — Leyes Federales Vigentes","fuente_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/liva.htm","archivo_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LIVA.doc","sha256":"8c517be03c6a65d856f95e41f5b0094fe3537a00f65003b9f16d49bea3d12a18","descargado":"2026-10-17","url":"https://articuladomx.com/ley-del-impuesto-al-valor-agregado/","notas_verificacion":[]},"articulo":{"numero":"1-B","clave":"1b","slug":"1-b","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["CAPITULO I. Disposiciones generales"],"texto":"Para los efectos de esta Ley se consideran efectivamente cobradas las contraprestaciones cuando se reciban en efectivo, en bienes o en servicios, aun cuando aquéllas correspondan a anticipos, depósitos o a cualquier otro concepto sin importar el nombre con el que se les designe, o bien, cuando el interés del acreedor queda satisfecho mediante cualquier forma de extinción de las obligaciones que den lugar a las contraprestaciones.\n\nCuando el precio o contraprestación pactados por la enajenación de bienes, la prestación de servicios o el otorgamiento del uso o goce temporal de bienes se pague mediante cheque, se considera que el valor de la operación, así como el impuesto al valor agregado trasladado correspondiente, fueron efectivamente pagados en la fecha de cobro del mismo o cuando los contribuyentes transmitan los cheques a un tercero, excepto cuando dicha transmisión sea en procuración.\n\nSe presume que los títulos de crédito distintos al cheque suscritos a favor de los contribuyentes, por quien adquiere el bien, recibe el servicio o usa o goza temporalmente el bien, constituye una garantía del pago del precio o la contraprestación pactados, así como del impuesto al valor agregado correspondiente a la operación de que se trate. En estos casos se entenderán recibidos ambos conceptos por los contribuyentes cuando efectivamente los cobren, o cuando los contribuyentes transmitan a un tercero los documentos pendientes de cobro, excepto cuando dicha transmisión sea en procuración.\n\nCuando con motivo de la enajenación de bienes, la prestación de servicios o el otorgamiento del uso o goce temporal de bienes, los contribuyentes reciban documentos o vales, respecto de los cuales un tercero asuma la obligación de pago o reciban el pago mediante tarjetas electrónicas o cualquier otro medio que permita al usuario obtener bienes o servicios, se considerará que el valor de las actividades respectivas, así como el impuesto al valor agregado correspondiente, fueron efectivamente pagados en la fecha en la que dichos documentos, vales, tarjetas electrónicas o cualquier otro medio sean recibidos o aceptadas por los contribuyentes.","nota":"Artículo adicionado DOF 30-12-2002","url":"https://articuladomx.com/ley-del-impuesto-al-valor-agregado/articulo-1-b/","markdown":"https://articuladomx.com/ley-del-impuesto-al-valor-agregado/articulo-1-b.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"ley-del-impuesto-al-valor-agregado","numero":"34","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-del-impuesto-al-valor-agregado/articulo-34/"},{"ley":"ley-del-impuesto-especial-sobre-produccion-y-servicios","numero":"5-C","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-del-impuesto-especial-sobre-produccion-y-servicios/articulo-5-c/"},{"ley":"codigo-fiscal-de-la-federacion","numero":"75","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/codigo-fiscal-de-la-federacion/articulo-75/"},{"ley":"ley-del-impuesto-sobre-la-renta","numero":"179","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-del-impuesto-sobre-la-renta/articulo-179/"},{"ley":"ley-del-impuesto-al-valor-agregado","numero":"1-C","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-del-impuesto-al-valor-agregado/articulo-1-c/"}]}},"cita":"Artículo 1-B, Ley del Impuesto al Valor Agregado. Texto vigente, última reforma DOF 12 nov 2021. https://articuladomx.com/ley-del-impuesto-al-valor-agregado/articulo-1-b/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}