{"ley":{"id":"ley-del-impuesto-especial-sobre-produccion-y-servicios","nombre":"Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios","abreviatura":"LIEPS","titulo":"Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios","jurisdiccion":"federal","materia":"fiscal","publicacion_original":"1980-12-30","ultima_reforma":"2025-11-07","ultima_reforma_fuente":"DOF","fuente":"Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión — Leyes Federales Vigentes","fuente_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lieps.htm","archivo_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LIEPS.doc","sha256":"44bca4ca1933490ab4ecf8e1196040ac5c75b460a0fe17b8ecf34c0109d2c576","descargado":"2026-10-17","url":"https://articuladomx.com/ley-del-impuesto-especial-sobre-produccion-y-servicios/","notas_verificacion":["Fecha de última reforma: el documento dice 2025-11-07; index.htm dice 2025-12-22, que es la fecha de «Cuotas actualizadas por Acuerdo DOF 22-12-2025» del encabezado del documento (actualización de cantidades, no reforma del texto).","Artículo 2: contiene una tabla; cada fila se escribe como un párrafo con celdas separadas por « | ».","Artículo 2-D: contiene una tabla; cada fila se escribe como un párrafo con celdas separadas por « | »."]},"articulo":{"numero":"28","clave":"28","slug":"28","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["TITULO I","CAPITULO VII. De las Participaciones a las Entidades Federativas (antes Título III “De las Participaciones a las Entidades Federativas”)"],"texto":"Los Estados que no se adhieran al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal participarán de la recaudación atribuible a sus respectivos territorios, conforme a las siguientes bases:\n\nI.- Del importe recaudado sobre cerveza:\n\na).- 2.8% a las entidades que la produzcan.\n\nb).- 36.6% a las entidades donde se consuma.\n\nc).- 7.9% a los municipios de las entidades donde se consuma.\n\nII.- Del importe recaudado sobre gasolina:\n\na).- 8% a las entidades federativas.\n\nb).- 2% a sus municipios.\n\nIII.- Del importe recaudado sobre tabacos:\n\na).- 2% a las entidades productoras.\n\nb).- 13% a las entidades consumidoras.\n\nc).- 5% a los municipios de las entidades consumidoras.\n\nLa Secretaría de Hacienda y Crédito Público cubrirá directamente las cantidades que correspondan a los municipios, de acuerdo con la distribución que señale la legislatura local respectiva y en su defecto, en función del número de sus habitantes según los datos del último censo.\n\nLos Estados que no se adhieran al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal, podrán gravar la producción, acopio o venta de tabaco en rama con impuestos locales o municipales que en conjunto no excederán de un peso cincuenta y cinco centavos por kilo, que sólo podrán decretar las entidades en que aquél se cultive.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-del-impuesto-especial-sobre-produccion-y-servicios/articulo-28/","markdown":"https://articuladomx.com/ley-del-impuesto-especial-sobre-produccion-y-servicios/articulo-28.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"ley-del-impuesto-especial-sobre-produccion-y-servicios","numero":"25","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-del-impuesto-especial-sobre-produccion-y-servicios/articulo-25/"},{"ley":"ley-federal-de-derechos","numero":"213","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-federal-de-derechos/articulo-213/"},{"ley":"ley-del-impuesto-especial-sobre-produccion-y-servicios","numero":"23-A","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-del-impuesto-especial-sobre-produccion-y-servicios/articulo-23-a/"},{"ley":"ley-del-impuesto-al-valor-agregado","numero":"3","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-del-impuesto-al-valor-agregado/articulo-3/"},{"ley":"ley-del-impuesto-especial-sobre-produccion-y-servicios","numero":"27","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-del-impuesto-especial-sobre-produccion-y-servicios/articulo-27/"}]}},"cita":"Artículo 28, Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios. Texto vigente, última reforma DOF 7 nov 2025. https://articuladomx.com/ley-del-impuesto-especial-sobre-produccion-y-servicios/articulo-28/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}