{"ley":{"id":"ley-del-impuesto-sobre-la-renta","nombre":"Ley del Impuesto sobre la Renta","abreviatura":"LISR","titulo":"Ley del Impuesto sobre la Renta","jurisdiccion":"federal","materia":"fiscal","publicacion_original":"2013-12-11","ultima_reforma":"2024-04-01","ultima_reforma_fuente":"DOF","fuente":"Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión — Leyes Federales Vigentes","fuente_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lisr.htm","archivo_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LISR.doc","sha256":"b78d8894a476f8010fba3cf25a09f3056577a07bd48e1afef1686c78443cb90e","descargado":"2026-10-08","url":"https://articuladomx.com/ley-del-impuesto-sobre-la-renta/","notas_verificacion":["Encabezado sin etiqueta de Libro/Título/Capítulo/Sección en la fuente, no incluido en `nodes`: «DISPOSICIONES GENERALES».","Encabezado sin etiqueta de Libro/Título/Capítulo/Sección en la fuente, no incluido en `nodes`: «DISPOSICIONES GENERALES».","Artículo 5: la fuente contiene 3 imagen(es) (tabla o fórmula impresa como imagen) que no se reproducen como texto.","Artículo 77: la fuente contiene 1 imagen(es) (tabla o fórmula impresa como imagen) que no se reproducen como texto.","Artículo 96: la fuente contiene 1 imagen(es) (tabla o fórmula impresa como imagen) que no se reproducen como texto.","Artículo 113-E: contiene una tabla; cada fila se escribe como un párrafo con celdas separadas por « | ».","Artículo 113-F: contiene una tabla; cada fila se escribe como un párrafo con celdas separadas por « | ».","Artículo 152: la fuente contiene 1 imagen(es) (tabla o fórmula impresa como imagen) que no se reproducen como texto.","Artículo 215: contiene una tabla; cada fila se escribe como un párrafo con celdas separadas por « | »."]},"articulo":{"numero":"206","clave":"206","slug":"206","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["TÍTULO VII. DE LOS ESTÍMULOS FISCALES","CAPÍTULO XII. RÉGIMEN SIMPLIFICADO DE CONFIANZA DE PERSONAS MORALES"],"texto":"Deberán cumplir con sus obligaciones fiscales en materia del impuesto sobre la renta conforme al régimen establecido en el presente Capítulo, las personas morales residentes en México únicamente constituidas por personas físicas, cuyos ingresos totales en el ejercicio inmediato anterior no excedan de la cantidad de 35 millones de pesos o las personas morales residentes en México únicamente constituidas por personas físicas que inicien operaciones y que estimen que sus ingresos totales no excederán de la cantidad referida.\n\nCuando los ingresos obtenidos por el contribuyente en el periodo transcurrido desde el inicio del ejercicio y hasta el mes de que se trate, excedan de la cantidad señalada en el primer párrafo de este artículo, el contribuyente dejará de aplicar lo dispuesto en este Capítulo y tributará en los términos del Título II de esta Ley, a partir del ejercicio siguiente a aquél en que se excedió el monto citado.\n\nNo tributarán conforme a este Capítulo:\n\nI. Las personas morales cuando uno o varios de sus socios, accionistas o integrantes, participen en otras sociedades mercantiles donde tengan el control de la sociedad o de su administración, o cuando sean partes relacionadas en los términos del artículo 90 de esta Ley.\n\nPara efectos del párrafo anterior, se entenderá por control, cuando una de las partes tenga sobre la otra el control efectivo o el de su administración, a grado tal que pueda decidir el momento de reparto o distribución de los ingresos, utilidades o dividendos de ellas, ya sea directamente o por interpósita persona.\n\nII. Los contribuyentes que realicen actividades a través de fideicomiso o asociación en participación.\n\nIII. Quienes tributen conforme a los Capítulos IV, VI, VII y VIII del Título II y las del Título III de esta Ley.\n\nIV. Quienes tributen conforme al Capítulo VII del Título VII de esta Ley.\n\nV. Los contribuyentes que dejen de tributar conforme a lo previsto en este Capítulo.","nota":"Artículo adicionado DOF 12-11-2021","url":"https://articuladomx.com/ley-del-impuesto-sobre-la-renta/articulo-206/","markdown":"https://articuladomx.com/ley-del-impuesto-sobre-la-renta/articulo-206.md"},"cita":"Artículo 206, Ley del Impuesto sobre la Renta. Texto vigente, última reforma DOF 1 abr 2024. https://articuladomx.com/ley-del-impuesto-sobre-la-renta/articulo-206/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}