{"ley":{"id":"ley-del-issste","nombre":"Ley del ISSSTE","abreviatura":"LISSSTE","titulo":"Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado","jurisdiccion":"federal","materia":"seguridad-social","publicacion_original":"2007-03-31","ultima_reforma":"2026-01-15","ultima_reforma_fuente":"DOF","fuente":"Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión — Leyes Federales Vigentes","fuente_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lissste.htm","archivo_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LISSSTE.doc","sha256":"1aafdf8532a4cb947776b20d3c846a59adc48cb372496767aff21887d9c5e62c","descargado":"2026-10-07","url":"https://articuladomx.com/ley-del-issste/","notas_verificacion":[]},"articulo":{"numero":"191","clave":"191","slug":"191","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["TÍTULO SEGUNDO. DEL RÉGIMEN OBLIGATORIO","Capítulo IX. Del Sistema Integral de Crédito","Sección II. Del Crédito para Vivienda"],"texto":"Son obligaciones de las Dependencias y Entidades:\n\nI. Inscribir a sus Trabajadores y beneficiarios en el Fondo de la Vivienda, y\n\nII. Efectuar las Aportaciones al Fondo de la Vivienda y hacer los Descuentos a sus Trabajadores en su salario.\n\nEl pago de las Aportaciones y Descuentos señaladas en la fracción II de este artículo, será por bimestres vencidos, a más tardar el día diecisiete de los meses de enero, marzo, mayo, julio, septiembre y noviembre de cada año conjuntamente con las Cuotas y Aportaciones al seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez.\n\nLos servidores públicos de las Dependencias o Entidades responsables de enterar las Aportaciones y Descuentos, en caso de incumplimiento, serán sancionados en los términos de lo dispuesto en el Título Sexto de la presente Ley.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-del-issste/articulo-191/","markdown":"https://articuladomx.com/ley-del-issste/articulo-191.md"},"cita":"Artículo 191, Ley del ISSSTE. Texto vigente, última reforma DOF 15 ene 2026. https://articuladomx.com/ley-del-issste/articulo-191/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}