{"ley":{"id":"ley-del-issste","nombre":"Ley del ISSSTE","abreviatura":"LISSSTE","titulo":"Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado","jurisdiccion":"federal","materia":"seguridad-social","publicacion_original":"2007-03-31","ultima_reforma":"2026-01-15","ultima_reforma_fuente":"DOF","fuente":"Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión — Leyes Federales Vigentes","fuente_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lissste.htm","archivo_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LISSSTE.doc","sha256":"1aafdf8532a4cb947776b20d3c846a59adc48cb372496767aff21887d9c5e62c","descargado":"2026-10-07","url":"https://articuladomx.com/ley-del-issste/","notas_verificacion":[]},"articulo":{"numero":"29","clave":"29","slug":"29","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["TÍTULO SEGUNDO. DEL RÉGIMEN OBLIGATORIO","CAPÍTULO II. SEGURO DE SALUD","Sección I. Generalidades"],"texto":"El Instituto desarrollará una función prestadora de servicios de salud, mediante la cual se llevarán a cabo las acciones amparadas por este seguro, a través de las unidades prestadoras de servicios de salud, de acuerdo con las modalidades de servicio previstas en las Secciones III y IV del presente Capítulo. Esta función procurará que el Instituto brinde al Derechohabiente servicios de salud suficientes, oportunos y de calidad que contribuyan a prevenir o mejorar su salud y bienestar.\n\nEl Instituto desarrollará también una función financiera de servicios de salud, que administrará este seguro, con base en un sistema de evaluación y seguimiento que calificará lo mencionado en el párrafo anterior, propondrá asignaciones presupuestarias por resultados y procurará su equilibrio financiero.\n\nPor lo que para lograr lo descrito en el primer párrafo de este artículo el Instituto, implementará de forma periódica y programada las estrategias de capacitación y actualización entre otras: en materia de ética y protocolos que aseguren una atención digna y eficiente a los derechohabientes, con observancia del respeto a los derechos humanos y la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres.","nota":"Párrafo adicionado DOF 29-11-2023. Reformado DOF 15-01-2026","url":"https://articuladomx.com/ley-del-issste/articulo-29/","markdown":"https://articuladomx.com/ley-del-issste/articulo-29.md"},"cita":"Artículo 29, Ley del ISSSTE. Texto vigente, última reforma DOF 15 ene 2026. https://articuladomx.com/ley-del-issste/articulo-29/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}