{"ley":{"id":"ley-federal-de-armas-de-fuego-y-explosivos","nombre":"Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos","abreviatura":"LFAFE","titulo":"Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos","jurisdiccion":"federal","materia":"penal","publicacion_original":"1972-01-11","ultima_reforma":"2025-05-29","ultima_reforma_fuente":"DOF","fuente":"Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión — Leyes Federales Vigentes","fuente_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lfafe.htm","archivo_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LFAFE.doc","sha256":"f2fcc609ef8672a906412f1bb428546852506089804f15549e9f68dd9ff96820","descargado":"2026-10-18","url":"https://articuladomx.com/ley-federal-de-armas-de-fuego-y-explosivos/","notas_verificacion":["Transitorios de decretos de reforma: la fuente los incluye solo «A partir de 1993»; los anteriores no están en este archivo."]},"articulo":{"numero":"27","clave":"27","slug":"27","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["TITULO SEGUNDO. Posesión y Portación","CAPITULO III. Casos, condiciones, requisitos y lugares para la portación de armas"],"texto":"A los extranjeros sólo se les podrá autorizar la portación de armas cuando, además de satisfacer los requisitos señalados en el artículo anterior, acrediten su calidad de residentes permanentes, salvo en los casos de permisos de licencia temporal para turistas con fines deportivos.\n\nLa Secretaría puede expedir permisos extraordinarios de ingreso y portación temporal de armas a servidores públicos extranjeros de migración o aduanas, en los casos y con los requisitos previstos en los artículos 28 y 28 Bis de esta Ley, los cuales pueden cancelarse, sin perjuicio de aplicar las sanciones que procedan, en los casos que prevé el artículo 31 de la presente Ley.","nota":"Párrafo reformado DOF 29-05-2025\nArtículo reformado DOF 22-05-2015","url":"https://articuladomx.com/ley-federal-de-armas-de-fuego-y-explosivos/articulo-27/","markdown":"https://articuladomx.com/ley-federal-de-armas-de-fuego-y-explosivos/articulo-27.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"ley-de-migracion","numero":"65","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-de-migracion/articulo-65/"},{"ley":"ley-de-migracion","numero":"86","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-de-migracion/articulo-86/"},{"ley":"ley-de-migracion","numero":"43","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-de-migracion/articulo-43/"},{"ley":"ley-federal-de-armas-de-fuego-y-explosivos","numero":"28","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-federal-de-armas-de-fuego-y-explosivos/articulo-28/"},{"ley":"queretaro/codigo-civil","numero":"627","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/queretaro/codigo-civil/articulo-627/"}]}},"cita":"Artículo 27, Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos. Texto vigente, última reforma DOF 29 may 2025. https://articuladomx.com/ley-federal-de-armas-de-fuego-y-explosivos/articulo-27/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}