{"ley":{"id":"ley-federal-de-armas-de-fuego-y-explosivos","nombre":"Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos","abreviatura":"LFAFE","titulo":"Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos","jurisdiccion":"federal","materia":"penal","publicacion_original":"1972-01-11","ultima_reforma":"2025-05-29","ultima_reforma_fuente":"DOF","fuente":"Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión — Leyes Federales Vigentes","fuente_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lfafe.htm","archivo_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LFAFE.doc","sha256":"f2fcc609ef8672a906412f1bb428546852506089804f15549e9f68dd9ff96820","descargado":"2026-10-18","url":"https://articuladomx.com/ley-federal-de-armas-de-fuego-y-explosivos/","notas_verificacion":["Transitorios de decretos de reforma: la fuente los incluye solo «A partir de 1993»; los anteriores no están en este archivo."]},"articulo":{"numero":"28 Bis","clave":"28bis","slug":"28-bis","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["TITULO SEGUNDO. Posesión y Portación","CAPITULO III. Casos, condiciones, requisitos y lugares para la portación de armas"],"texto":"La Secretaría podrá otorgar, con base en el principio de reciprocidad, permisos extraordinarios de ingreso y portación temporal de armas a las personas servidoras públicas extranjeras que acompañen como agentes de seguridad, en visitas oficiales, a Jefes de Estado, jefes de gobierno, ministros o equivalentes, siempre que se trate de revólveres o pistolas de funcionamiento semiautomático, cuyo calibre no sea superior a .40” o equivalente.\n\nEn casos excepcionales, se podrá autorizar el ingreso y portación de otro tipo de armas, siempre que a juicio de la Secretaría se justifique la necesidad de su uso.\n\nLa Secretaría de Relaciones Exteriores será responsable de tramitar dichos permisos ante la Secretaría, cuando menos con quince días de anticipación al inicio de la visita y a solicitud del Estado o sujeto de derecho internacional correspondiente, proporcionando para tal efecto la siguiente información:\n\nI. Nombres y fechas de nacimiento de los servidores públicos extranjeros que fungirán como agentes de seguridad;\n\nII. Duración y lugar de la visita oficial;\n\nIII. Datos de las armas y calibres que pretendan portar dichos servidores públicos extranjeros, y\n\nIV. Opinión de la Secretaría de Relaciones Exteriores para conceder el permiso.\n\nDicho permiso tendrá una vigencia durante el tiempo que dure la comisión de la visita oficial.","nota":"Párrafo reformado DOF 29-05-2025\nPárrafo reformado DOF 29-05-2025\nPárrafo reformado DOF 29-05-2025\nArtículo adicionado DOF 22-05-2015","url":"https://articuladomx.com/ley-federal-de-armas-de-fuego-y-explosivos/articulo-28-bis/","markdown":"https://articuladomx.com/ley-federal-de-armas-de-fuego-y-explosivos/articulo-28-bis.md","que_significa":null,"citado_por":[{"ley":"ley-federal-de-armas-de-fuego-y-explosivos","numero":"11","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-federal-de-armas-de-fuego-y-explosivos/articulo-11/"},{"ley":"ley-federal-de-armas-de-fuego-y-explosivos","numero":"27","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-federal-de-armas-de-fuego-y-explosivos/articulo-27/"}],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"ley-federal-de-armas-de-fuego-y-explosivos","numero":"28","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-federal-de-armas-de-fuego-y-explosivos/articulo-28/"},{"ley":"ley-federal-de-armas-de-fuego-y-explosivos","numero":"37","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-federal-de-armas-de-fuego-y-explosivos/articulo-37/"},{"ley":"ley-federal-de-armas-de-fuego-y-explosivos","numero":"78","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-federal-de-armas-de-fuego-y-explosivos/articulo-78/"},{"ley":"ley-federal-de-armas-de-fuego-y-explosivos","numero":"8 Bis","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-federal-de-armas-de-fuego-y-explosivos/articulo-8-bis/"},{"ley":"ley-de-migracion","numero":"116","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-de-migracion/articulo-116/"}]}},"cita":"Artículo 28 Bis, Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos. Texto vigente, última reforma DOF 29 may 2025. https://articuladomx.com/ley-federal-de-armas-de-fuego-y-explosivos/articulo-28-bis/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}