{"ley":{"id":"ley-federal-de-derechos","nombre":"Ley Federal de Derechos","abreviatura":"LFD","titulo":"Ley Federal de Derechos","jurisdiccion":"federal","materia":"fiscal","publicacion_original":"1981-12-31","ultima_reforma":"2025-11-07","ultima_reforma_fuente":"DOF","fuente":"Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión — Leyes Federales Vigentes","fuente_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lfd.htm","archivo_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LFD.doc","sha256":"3c2e6bde9f799c00913427b14497ff946d0a03fc4722f17a210b2970111348fd","descargado":"2026-10-17","url":"https://articuladomx.com/ley-federal-de-derechos/","notas_verificacion":["carácter de fuente Symbol restituido (γ) en: «γ : Porcentaje de los costos de agotamiento y degradación ambiental respecto al …»","carácter de fuente Symbol restituido (δ) en: «δ: Tasa social de descuento vigente al treinta y uno de diciembre del ejercicio …»","carácter de fuente Symbol restituido (Δ) en: «Uc+Rxy+Ex+Ev+ΔV…»","carácter de fuente Symbol restituido (Δ) en: «ΔV= Volumen anual de variación del almacenamiento en embalses.…»","carácter de fuente Symbol restituido (Δ) en: «Las variables que integran la fórmula prevista en esta fracción, salvo Ev (volum…»","carácter de fuente Symbol restituido (Σ) en: «Qt = ΣQi hasta Qn, en litros por segundo.…»","Fecha de última reforma: el documento dice 2025-11-07; index.htm dice 2025-12-28, que es la fecha de «Cantidades actualizadas por Resolución Miscelánea Fiscal DOF 28-12-2025» del encabezado del documento (actualización de cantidades, no reforma del texto).","Artículo 63: contiene una tabla; cada fila se escribe como un párrafo con celdas separadas por « | ».","Artículo 172-I: contiene una tabla; cada fila se escribe como un párrafo con celdas separadas por « | ».","Artículo 194-D: contiene una tabla; cada fila se escribe como un párrafo con celdas separadas por « | ».","Artículo 194-H: contiene una tabla; cada fila se escribe como un párrafo con celdas separadas por « | ».","Artículo 199-A: contiene una tabla; cada fila se escribe como un párrafo con celdas separadas por « | ».","Artículo 223: contiene una tabla; cada fila se escribe como un párrafo con celdas separadas por « | ».","Artículo 223 Bis: la fuente contiene 7 imagen(es) (tabla o fórmula impresa como imagen) que no se reproducen como texto.","Artículo 223 Bis: contiene una tabla; cada fila se escribe como un párrafo con celdas separadas por « | ».","Artículo 231: contiene una tabla; cada fila se escribe como un párrafo con celdas separadas por « | ».","Artículo 232-C: contiene una tabla; cada fila se escribe como un párrafo con celdas separadas por « | ».","Artículo 232-D-1: contiene una tabla; cada fila se escribe como un párrafo con celdas separadas por « | ».","Artículo 244: contiene una tabla; cada fila se escribe como un párrafo con celdas separadas por « | ».","Artículo 244-A: contiene una tabla; cada fila se escribe como un párrafo con celdas separadas por « | ».","Artículo 244-B: contiene una tabla; cada fila se escribe como un párrafo con celdas separadas por « | ».","Artículo 244-C: contiene una tabla; cada fila se escribe como un párrafo con celdas separadas por « | ».","Artículo 244-D: contiene una tabla; cada fila se escribe como un párrafo con celdas separadas por « | ».","Artículo 244-E: contiene una tabla; cada fila se escribe como un párrafo con celdas separadas por « | ».","Artículo 244-E-1: contiene una tabla; cada fila se escribe como un párrafo con celdas separadas por « | ».","Artículo 244-F: contiene una tabla; cada fila se escribe como un párrafo con celdas separadas por « | ».","Artículo 244-G: contiene una tabla; cada fila se escribe como un párrafo con celdas separadas por « | ».","Artículo 244-H: contiene una tabla; cada fila se escribe como un párrafo con celdas separadas por « | ».","Artículo 244-I: contiene una tabla; cada fila se escribe como un párrafo con celdas separadas por « | ».","Artículo 244-J: contiene una tabla; cada fila se escribe como un párrafo con celdas separadas por « | ».","Artículo 263: contiene una tabla; cada fila se escribe como un párrafo con celdas separadas por « | ».","Artículo 277-B: contiene una tabla; cada fila se escribe como un párrafo con celdas separadas por « | ».","Artículo 278: contiene una tabla; cada fila se escribe como un párrafo con celdas separadas por « | ».","Artículo 278-B: contiene una tabla; cada fila se escribe como un párrafo con celdas separadas por « | ».","Artículo 279: contiene una tabla; cada fila se escribe como un párrafo con celdas separadas por « | ».","Artículo 282: contiene una tabla; cada fila se escribe como un párrafo con celdas separadas por « | ».","Artículo 289: contiene una tabla; cada fila se escribe como un párrafo con celdas separadas por « | ».","Artículo 290: contiene una tabla; cada fila se escribe como un párrafo con celdas separadas por « | »."]},"articulo":{"numero":"8","clave":"8","slug":"8","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["TITULO PRIMERO. De los Derechos por la Prestación de Servicios","CAPITULO I. De la Secretaría de Gobernación","Sección Primera. Servicios Migratorios"],"texto":"Por la recepción, estudio de la solicitud y, en su caso, la expedición del documento migratorio que acredita la condición de estancia se pagarán derechos conforme a las siguientes cuotas:\n\nI. Visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas $983.00\n\nII. Visitante con permiso para realizar actividades remuneradas $4,340.77\n\nIII. (Se deroga).\n\nIV. Visitante Trabajador Fronterizo $580.76\n\nV. Visitante con fines de adopción $4,211.47\n\nVI. Residente Temporal:\n\na). Hasta un año $11,140.74\n\nb). Dos años $16,693.36\n\nc). Tres años $21,142.58\n\nd). Cuatro años $25,057.82\n\nVII. Residente Permanente $13,578.96\n\nPor la reposición de los documentos contenidos en las fracciones I y IV de este artículo se pagará la misma cuota del derecho según corresponda. Respecto a las fracciones II, V, VI y VII la cuota aplicable será de $1,779.93\n\nPor la renovación de los documentos a que se refieren las fracciones II a VII de este artículo, se pagará la misma cuota del derecho según corresponda.\n\nPara efectos de la fracción I de este artículo, la Secretaría de Gobernación fijará el procedimiento para identificar a los Visitantes sin permiso para realizar actividades remuneradas con fines turísticos.\n\nNo pagarán los derechos por servicios migratorios a que se refieren las fracciones I y II de este artículo los choferes u operadores de vehículos de transporte de carga que se internen en el país con el único objeto de cargar o descargar mercancías en los recintos de las aduanas fronterizas del territorio nacional.\n\nTratándose de extranjeros que arriben al país vía aérea, el derecho previsto en la fracción I de este artículo, deberá ser recaudado y enterado por las empresas de transporte aéreo internacional de pasajeros.\n\nLos prestadores del servicio de transporte aéreo internacional de pasajeros a que se refiere el párrafo anterior, deberán enterar el pago mediante declaración que se presentará ante las oficinas autorizadas por el Servicio de Administración Tributaria.\n\nLas personas residentes a que se refieren las fracciones VI y VII del presente artículo, pagarán el 50% de las cuotas que les correspondan conforme a las citadas disposiciones, siempre que acrediten ante el Instituto Nacional de Migración que su estancia en el país obedece a la preservación de la unidad familiar, oferta de empleo por parte de una persona física o moral con constancia vigente de inscripción como empleador, o por invitación de una organización o institución pública o privada establecida en el territorio nacional para participar en actividades sin percepción de ingresos en territorio nacional de conformidad con lo que establece la Ley de Migración y su Reglamento.","nota":"Párrafo reformado DOF 18-11-2015\nFracción reformada DOF 18-11-2015, 07-12-2016, 19-12-2024, 07-11-2025\nFracción derogada DOF 11-12-2013\nFracción reformada DOF 12-11-2021\nInciso reformado DOF 07-11-2025\nInciso reformado DOF 07-11-2025\nInciso reformado DOF 07-11-2025\nInciso reformado DOF 07-11-2025\nFracción reformada DOF 07-11-2025\nPárrafo reformado DOF 11-12-2013\nPárrafo adicionado DOF 11-12-2013\nPárrafo reformado DOF 11-12-2013\nPárrafo adicionado DOF 11-12-2013\nPárrafo adicionado DOF 07-11-2025\nArtículo reformado DOF 20-12-1991, 18-12-1992, 28-12-1994, 30-12-1996, 29-12-1997, 31-12-1998, 31-12-1999, 30-12-2002, 24-12-2007, 13-11-2008, 27-11-2009, 18-11-2010, 12-12-2011","url":"https://articuladomx.com/ley-federal-de-derechos/articulo-8/","markdown":"https://articuladomx.com/ley-federal-de-derechos/articulo-8.md","que_significa":null,"citado_por":[{"ley":"ley-federal-de-derechos","numero":"9","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-federal-de-derechos/articulo-9/"},{"ley":"ley-federal-de-derechos","numero":"10","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-federal-de-derechos/articulo-10/"},{"ley":"ley-federal-de-derechos","numero":"11","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-federal-de-derechos/articulo-11/"},{"ley":"ley-federal-de-derechos","numero":"18-A","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-federal-de-derechos/articulo-18-a/"}],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"ley-federal-de-derechos","numero":"13","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-federal-de-derechos/articulo-13/"},{"ley":"ley-federal-de-derechos","numero":"14 Bis","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-federal-de-derechos/articulo-14-bis/"},{"ley":"ley-federal-de-derechos","numero":"14-A","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-federal-de-derechos/articulo-14-a/"},{"ley":"ley-federal-de-derechos","numero":"22","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-federal-de-derechos/articulo-22/"}]}},"cita":"Artículo 8, Ley Federal de Derechos. Texto vigente, última reforma DOF 7 nov 2025. https://articuladomx.com/ley-federal-de-derechos/articulo-8/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}