{"ley":{"id":"ley-federal-de-los-trabajadores-al-servicio-del-estado","nombre":"Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado","abreviatura":"LFTSE","titulo":"Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional","jurisdiccion":"federal","materia":"laboral","publicacion_original":"1963-12-28","ultima_reforma":"2026-01-15","ultima_reforma_fuente":"DOF","fuente":"Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión — Leyes Federales Vigentes","fuente_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lftse.htm","archivo_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LFTSE.doc","sha256":"0c4ed52c8f515935128272b911efe59f518739d0e2bbd36c116c24fa8c50a17b","descargado":"2026-10-18","url":"https://articuladomx.com/ley-federal-de-los-trabajadores-al-servicio-del-estado/","notas_verificacion":["Transitorios de decretos de reforma: la fuente los incluye solo «A partir de 1998»; los anteriores no están en este archivo."]},"articulo":{"numero":"32","clave":"32","slug":"32","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["TITULO SEGUNDO. Derechos y Obligaciones de los Trabajadores y de los Titulares","CAPITULO III"],"texto":"El sueldo o salario que se asigna en los tabuladores regionales para cada puesto, constituye el sueldo total que debe pagarse al trabajador a cambio de los servicios prestados, sin perjuicio de otras prestaciones ya establecidas.\n\nLos niveles de sueldo del tabulador que consignen sueldos equivalentes al salario mínimo deberán incrementarse en el mismo porcentaje en que se aumente éste.\n\nA trabajo igual, desempeñado en las mismas condiciones y jornada, deberá corresponder salario igual, sin tener en cuenta el sexo ni el género.\n\nEn cumplimiento de las obligaciones del Estado de eliminar la brecha salarial de género, se promoverán acciones para erradicar las prácticas retributivas desiguales y garantizar la igualdad sustantiva, de conformidad con lo dispuesto en la Ley General para la Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres.\n\nLa Secretaría de Hacienda y Crédito Público, tomando en cuenta la opinión de la Federación de Sindicatos de Trabajadores al Servicio del Estado, fijará las normas, lineamientos y políticas que permitan establecer las diferencias en las remuneraciones asignadas para los casos de alcances en los niveles de tabulador que se originen con motivo de los incrementos a que se refiere el párrafo anterior.\n\nEn los Poderes de la Unión, los tabuladores salariales serán determinados por sus respectivos órganos competentes, de conformidad con su régimen interno y se integrarán a sus respectivos presupuestos anuales de egresos.","nota":"Párrafo reformado DOF 31-12-1984\nPárrafo reformado DOF 31-12-1984\nPárrafo adicionado DOF 15-01-2026\nPárrafo adicionado DOF 15-01-2026\nPárrafo reformado DOF 03-05-2006\nPárrafo adicionado DOF 03-05-2006\nArtículo reformado DOF 21-02-1983, 12-01-1984","url":"https://articuladomx.com/ley-federal-de-los-trabajadores-al-servicio-del-estado/articulo-32/","markdown":"https://articuladomx.com/ley-federal-de-los-trabajadores-al-servicio-del-estado/articulo-32.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"ley-federal-del-trabajo","numero":"83","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-federal-del-trabajo/articulo-83/"},{"ley":"ley-federal-del-trabajo","numero":"486","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-federal-del-trabajo/articulo-486/"},{"ley":"ley-del-impuesto-sobre-la-renta","numero":"94","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-del-impuesto-sobre-la-renta/articulo-94/"},{"ley":"ley-federal-del-trabajo","numero":"347","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-federal-del-trabajo/articulo-347/"},{"ley":"ley-federal-del-trabajo","numero":"291-F","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-federal-del-trabajo/articulo-291-f/"}]}},"cita":"Artículo 32, Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado. Texto vigente, última reforma DOF 15 ene 2026. https://articuladomx.com/ley-federal-de-los-trabajadores-al-servicio-del-estado/articulo-32/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}