{"ley":{"id":"ley-federal-de-procedimiento-administrativo","nombre":"Ley Federal de Procedimiento Administrativo","abreviatura":"LFPA","titulo":"Ley Federal de Procedimiento Administrativo","jurisdiccion":"federal","materia":"administrativo","publicacion_original":"1994-08-04","ultima_reforma":"2025-11-14","ultima_reforma_fuente":"DOF","fuente":"Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión — Leyes Federales Vigentes","fuente_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lfpa.htm","archivo_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LFPA.doc","sha256":"4800aa4f5e67d50a353acf4ee9a2813b485c1b58bb4ecf0ad637b0ca1dea3995","descargado":"2026-10-17","url":"https://articuladomx.com/ley-federal-de-procedimiento-administrativo/","notas_verificacion":[]},"articulo":{"numero":"17-A","clave":"17a","slug":"17-a","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["TITULO TERCERO. DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO","CAPITULO PRIMERO. DISPOSICIONES GENERALES"],"texto":"Cuando los escritos que presenten los interesados no contengan los datos o no cumplan con los requisitos aplicables, la dependencia u organismo descentralizado correspondiente deberá prevenir a los interesados, por escrito y por una sola vez, para que subsanen la omisión dentro del término que establezca la dependencia u organismo descentralizado, el cual no podrá ser menor de cinco días hábiles contados a partir de que haya surtido efectos la notificación; transcurrido el plazo correspondiente sin desahogar la prevención, se desechará el trámite.\n\nSalvo que en una disposición de carácter general se disponga otro plazo, la prevención de información faltante deberá hacerse dentro del primer tercio del plazo de respuesta o, de no requerirse resolución alguna, dentro de los diez días hábiles siguientes a la presentación del escrito correspondiente. La fracción de día que en su caso resulte de la división del plazo de respuesta se computará como un día completo. En caso de que la resolución del trámite sea inmediata, la prevención de información faltante también deberá hacerse de manera inmediata a la presentación del escrito respectivo.\n\nDe no realizarse la prevención mencionada en el párrafo anterior dentro del plazo aplicable, no se podrá desechar el trámite argumentando que está incompleto. En el supuesto de que el requerimiento de información se haga en tiempo, el plazo para que la dependencia correspondiente resuelva el trámite se suspenderá y se reanudará a partir del día hábil inmediato siguiente a aquel en el que el interesado conteste.","nota":"Artículo adicionado DOF 24-12-1996. Reformado DOF 19-04-2000","url":"https://articuladomx.com/ley-federal-de-procedimiento-administrativo/articulo-17-a/","markdown":"https://articuladomx.com/ley-federal-de-procedimiento-administrativo/articulo-17-a.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"ley-general-de-transparencia-y-acceso-a-la-informacion-publica","numero":"147","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-general-de-transparencia-y-acceso-a-la-informacion-publica/articulo-147/"},{"ley":"ley-general-de-transparencia-y-acceso-a-la-informacion-publica","numero":"167","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-general-de-transparencia-y-acceso-a-la-informacion-publica/articulo-167/"},{"ley":"ley-general-de-transparencia-y-acceso-a-la-informacion-publica","numero":"149","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-general-de-transparencia-y-acceso-a-la-informacion-publica/articulo-149/"},{"ley":"ley-federal-de-proteccion-de-datos-personales-en-posesion-de-los-particulares","numero":"44","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-federal-de-proteccion-de-datos-personales-en-posesion-de-los-particulares/articulo-44/"},{"ley":"ley-federal-de-procedimiento-administrativo","numero":"43","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-federal-de-procedimiento-administrativo/articulo-43/"}]}},"cita":"Artículo 17-A, Ley Federal de Procedimiento Administrativo. Texto vigente, última reforma DOF 14 nov 2025. https://articuladomx.com/ley-federal-de-procedimiento-administrativo/articulo-17-a/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}