{"ley":{"id":"ley-federal-de-procedimiento-contencioso-administrativo","nombre":"Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo","abreviatura":"LFPCA","titulo":"Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo","jurisdiccion":"federal","materia":"administrativo","publicacion_original":"2005-12-01","ultima_reforma":"2026-06-09","ultima_reforma_fuente":"DOF","fuente":"Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión — Leyes Federales Vigentes","fuente_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lfpca.htm","archivo_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LFPCA.doc","sha256":"6df0b2eb95bf9e017f06d2a8cdbb757bf8e0ca081c2122fae0282aae93df5e6a","descargado":"2026-10-17","url":"https://articuladomx.com/ley-federal-de-procedimiento-contencioso-administrativo/","notas_verificacion":[]},"articulo":{"numero":"58-S","clave":"58s","slug":"58-s","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["TÍTULO II. De la Substanciación y Resolución del Juicio","CAPÍTULO X. Del Juicio en Línea"],"texto":"Cuando por caso fortuito, fuerza mayor o por fallas técnicas se interrumpa el funcionamiento del Sistema de Justicia en Línea, haciendo imposible el cumplimiento de los plazos establecidos en la ley, las partes deberán dar aviso a la Sala correspondiente en la misma promoción sujeta a término, quien pedirá un reporte a la persona titular de la unidad administrativa del Tribunal responsable de la administración del Sistema sobre la existencia de la interrupción del servicio.\n\nEl reporte que determine que existió interrupción en el Sistema deberá señalar la causa y el tiempo de dicha interrupción, indicando la fecha y hora de inicio y término de la misma. Los plazos se suspenderán, únicamente, el tiempo que dure la interrupción del Sistema. Para tal efecto, la Sala hará constar esta situación mediante acuerdo en el expediente electrónico y, considerando el tiempo de la interrupción, realizara el computo correspondiente, para determinar si hubo o no incumplimiento de los plazos legales.","nota":"Párrafo reformado DOF 09-06-2026\nArtículo adicionado DOF 12-06-2009","url":"https://articuladomx.com/ley-federal-de-procedimiento-contencioso-administrativo/articulo-58-s/","markdown":"https://articuladomx.com/ley-federal-de-procedimiento-contencioso-administrativo/articulo-58-s.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"codigo-nacional-de-procedimientos-civiles-y-familiares","numero":"966","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/codigo-nacional-de-procedimientos-civiles-y-familiares/articulo-966/"},{"ley":"codigo-nacional-de-procedimientos-civiles-y-familiares","numero":"177","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/codigo-nacional-de-procedimientos-civiles-y-familiares/articulo-177/"},{"ley":"ley-federal-de-procedimiento-contencioso-administrativo","numero":"58-R","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-federal-de-procedimiento-contencioso-administrativo/articulo-58-r/"},{"ley":"ley-general-de-responsabilidades-administrativas","numero":"107","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-general-de-responsabilidades-administrativas/articulo-107/"},{"ley":"ley-federal-para-la-prevencion-e-identificacion-de-operaciones-con-recursos-de-procedencia-ilicita","numero":"31","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-federal-para-la-prevencion-e-identificacion-de-operaciones-con-recursos-de-procedencia-ilicita/articulo-31/"}]}},"cita":"Artículo 58-S, Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. Texto vigente, última reforma DOF 9 jun 2026. https://articuladomx.com/ley-federal-de-procedimiento-contencioso-administrativo/articulo-58-s/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}