{"ley":{"id":"ley-federal-de-proteccion-a-la-propiedad-industrial","nombre":"Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial","abreviatura":"LFPPI","titulo":"Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial","jurisdiccion":"federal","materia":"administrativo","publicacion_original":"2020-07-01","ultima_reforma":"2026-04-03","ultima_reforma_fuente":"DOF","fuente":"Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión — Leyes Federales Vigentes","fuente_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lfppi.htm","archivo_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LFPPI.doc","sha256":"d57bd13fcca233570a4b7b4e6997e2678d3a2f201e9d042c7b65a29dce6f5d95","descargado":"2026-10-17","url":"https://articuladomx.com/ley-federal-de-proteccion-a-la-propiedad-industrial/","notas_verificacion":[]},"articulo":{"numero":"245","clave":"245","slug":"245","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["TÍTULO CUARTO. De las Marcas, Avisos y Nombres Comerciales","Capítulo VII. De las Licencias y Transmisión de Derechos"],"texto":"Existirá franquicia, cuando con la licencia de uso de una marca, otorgada por escrito, se transmitan conocimientos técnicos o se proporcione asistencia técnica, para que la persona a quien se le concede pueda producir o vender bienes o prestar servicios de manera uniforme y con los métodos operativos, comerciales y administrativos establecidos por la persona titular de la marca, tendientes a mantener la calidad, prestigio e imagen de los productos o servicios a los que ésta distingue.\n\nQuien conceda una franquicia deberá proporcionar a quien se la pretenda conceder, por lo menos con treinta días previos a la celebración del contrato respectivo, la información relativa sobre el estado que guarda su empresa, en los términos que establezca el Reglamento de esta Ley.\n\nLa falta de veracidad en la información a que se refiere el párrafo anterior dará derecho al franquiciatario, además de exigir la nulidad del contrato, a demandar el pago de los daños y perjuicios que se le hayan ocasionado por el incumplimiento. Este derecho podrá ejercerlo la persona franquiciataria durante un año a partir de la celebración del contrato. Después de transcurrido este plazo solo tendrá derecho a demandar la nulidad del contrato.\n\nPara la inscripción de la franquicia serán aplicables las disposiciones de este Capítulo, así como los plazos establecidos en el artículo 240 de la presente Ley.","nota":"Párrafo reformado DOF 03-04-2026\nPárrafo reformado DOF 03-04-2026\nPárrafo reformado DOF 03-04-2026","url":"https://articuladomx.com/ley-federal-de-proteccion-a-la-propiedad-industrial/articulo-245/","markdown":"https://articuladomx.com/ley-federal-de-proteccion-a-la-propiedad-industrial/articulo-245.md","que_significa":null,"citado_por":[{"ley":"ley-federal-de-proteccion-a-la-propiedad-industrial","numero":"327 Bis","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-federal-de-proteccion-a-la-propiedad-industrial/articulo-327-bis/"},{"ley":"ley-federal-de-proteccion-a-la-propiedad-industrial","numero":"386","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-federal-de-proteccion-a-la-propiedad-industrial/articulo-386/"}],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"ley-federal-de-proteccion-a-la-propiedad-industrial","numero":"247","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-federal-de-proteccion-a-la-propiedad-industrial/articulo-247/"},{"ley":"ley-federal-de-proteccion-a-la-propiedad-industrial","numero":"239","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-federal-de-proteccion-a-la-propiedad-industrial/articulo-239/"},{"ley":"ley-federal-de-proteccion-a-la-propiedad-industrial","numero":"147","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-federal-de-proteccion-a-la-propiedad-industrial/articulo-147/"},{"ley":"ley-federal-de-proteccion-a-la-propiedad-industrial","numero":"244","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-federal-de-proteccion-a-la-propiedad-industrial/articulo-244/"},{"ley":"codigo-de-comercio","numero":"309","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/codigo-de-comercio/articulo-309/"}]}},"cita":"Artículo 245, Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial. Texto vigente, última reforma DOF 3 abr 2026. https://articuladomx.com/ley-federal-de-proteccion-a-la-propiedad-industrial/articulo-245/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}