{"ley":{"id":"ley-federal-de-proteccion-al-consumidor","nombre":"Ley Federal de Protección al Consumidor","abreviatura":"LFPC","titulo":"Ley Federal de Protección al Consumidor","jurisdiccion":"federal","materia":"administrativo","publicacion_original":"1992-12-24","ultima_reforma":"2025-12-12","ultima_reforma_fuente":"DOF","fuente":"Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión — Leyes Federales Vigentes","fuente_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lfpc.htm","archivo_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LFPC.doc","sha256":"418684daaeb7869dcdf6d83fe4a310b689c64967817de4cf194efd68418ac835","descargado":"2026-10-07","url":"https://articuladomx.com/ley-federal-de-proteccion-al-consumidor/","notas_verificacion":["Fecha de última reforma: el documento dice 2025-12-12, index.htm dice 2025-12-23."]},"articulo":{"numero":"128 Ter","clave":"128ter","slug":"128-ter","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["Capítulo XIV. Sanciones"],"texto":"Se considerarán casos particularmente graves:\n\nI. Aquellos en que de seguir operando el proveedor, se pudieran afectar los derechos e intereses de un grupo de consumidores;\n\nII. Cuando la infracción de que se trate pudiera poner en peligro la vida, la salud o la seguridad de un grupo de consumidores;\n\nIII. Aquellas infracciones que se cometan en relación con bienes, productos o servicios que por la temporada o las circunstancias especiales del mercado afecten los derechos de un grupo de consumidores;\n\nIV. Aquellas conductas que se cometan aprovechando la escasez, lejanía o dificultad en el abastecimiento de un bien o en la prestación de un servicio;\n\nV. Cuando se trate de productos básicos de consumo generalizado, como alimentos, gas natural o licuado de petróleo, gasolina o productos sujetos a precio máximo o a precios o tarifas establecidos o registrados por la Secretaría o por cualquiera otra autoridad competente;\n\nVI. Cuando la información o publicidad relacionada con algún bien, producto o servicio que pudiendo o no ser verdadera, induzcan a error o confusión al consumidor por la forma falsa, exagerada, parcial, artificiosa o tendenciosa en que se presente;\n\nVII. La reincidencia en la comisión de infracciones a los artículos señalados en el artículo 128 de esta ley;\n\nVIII. Aquellas que vulneren los derechos contemplados en el Título Segundo de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes;\n\nIX. Cuando exista cualquier diferencia entre el texto del contrato de adhesión registrado ante la Procuraduría Federal del Consumidor y el utilizado, en perjuicio de los consumidores;\n\nX. Aquellas conductas que vulneren las disposiciones de carácter general en materia de despachos de cobranza emitidas por la Procuraduría en términos del artículo 17 Bis 4 de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, y\n\nXI. Cuando la acreditación del cese de las causas que dieron origen a la imposición de la medida precautoria, se basen en documentación o información falsa o que no sea idónea para comprobar su regularización.","nota":"Fracción reformada DOF 19-08-2010\nFracción adicionada DOF 15-12-2011\nFracción reformada DOF 19-08-2010. Recorrida DOF 15-12-2011. Reformada DOF 11-01-2018\nFracción adicionada DOF 19-08-2010. Recorrida DOF 15-12-2011. Reformada DOF 11-01-2018\nFracción adicionada DOF 11-01-2018\nFracción adicionada DOF 11-01-2018\nFracción adicionada DOF 11-01-2018\nArtículo adicionado DOF 04-02-2004","url":"https://articuladomx.com/ley-federal-de-proteccion-al-consumidor/articulo-128-ter/","markdown":"https://articuladomx.com/ley-federal-de-proteccion-al-consumidor/articulo-128-ter.md"},"cita":"Artículo 128 Ter, Ley Federal de Protección al Consumidor. Texto vigente, última reforma DOF 12 dic 2025. https://articuladomx.com/ley-federal-de-proteccion-al-consumidor/articulo-128-ter/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}