{"ley":{"id":"ley-federal-de-proteccion-de-datos-personales-en-posesion-de-los-particulares","nombre":"Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares","abreviatura":"LFPDPPP","titulo":"Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares","jurisdiccion":"federal","materia":"administrativo","publicacion_original":"2025-03-20","ultima_reforma":"2025-11-14","ultima_reforma_fuente":"DOF","fuente":"Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión — Leyes Federales Vigentes","fuente_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lfpdppp.htm","archivo_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LFPDPPP.doc","sha256":"e044244159869c9d25611f601ddd7064925ddb85529acd3502048b8bd6e8ff25","descargado":"2026-10-08","url":"https://articuladomx.com/ley-federal-de-proteccion-de-datos-personales-en-posesion-de-los-particulares/","notas_verificacion":[]},"articulo":{"numero":"39","clave":"39","slug":"39","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["Capítulo VII. De la Secretaría"],"texto":"La Secretaría tiene las siguientes atribuciones:\n\nI. Vigilar y verificar el cumplimiento de las disposiciones contenidas en esta Ley, en el ámbito de su competencia, con las excepciones previstas por la legislación;\n\nII. Interpretar en el ámbito administrativo la presente Ley;\n\nIII. Proporcionar apoyo técnico a los responsables que lo soliciten, para el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la presente Ley;\n\nIV. Emitir los criterios y recomendaciones, de conformidad con las disposiciones aplicables de esta Ley, para efectos de su funcionamiento y operación;\n\nV. Divulgar estándares y mejores prácticas internacionales en materia de seguridad de la información, en atención a la naturaleza de los datos; las finalidades del tratamiento, y las capacidades técnicas y económicas del responsable;\n\nVI. Conocer y resolver los procedimientos de protección de derechos y de verificación señalados en esta Ley e imponer las sanciones según corresponda;\n\nVII. Cooperar con otras autoridades de supervisión y organismos nacionales e internacionales, a efecto de coadyuvar en materia de protección de datos;\n\nVIII. Acudir a foros internacionales en el ámbito de la presente Ley;\n\nIX. Elaborar estudios de impacto sobre la privacidad previos a la puesta en práctica de una nueva modalidad de tratamiento de datos personales o a la realización de modificaciones sustanciales en tratamientos ya existentes;\n\nX. Difundir el conocimiento de las obligaciones en torno a la protección de datos personales y brindar capacitación a los sujetos obligados, y\n\nXI. Las demás que le confieran esta Ley y demás ordenamientos aplicables.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-federal-de-proteccion-de-datos-personales-en-posesion-de-los-particulares/articulo-39/","markdown":"https://articuladomx.com/ley-federal-de-proteccion-de-datos-personales-en-posesion-de-los-particulares/articulo-39.md"},"cita":"Artículo 39, Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares. Texto vigente, última reforma DOF 14 nov 2025. https://articuladomx.com/ley-federal-de-proteccion-de-datos-personales-en-posesion-de-los-particulares/articulo-39/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}