{"ley":{"id":"ley-federal-de-proteccion-de-datos-personales-en-posesion-de-los-particulares","nombre":"Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares","abreviatura":"LFPDPPP","titulo":"Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares","jurisdiccion":"federal","materia":"administrativo","publicacion_original":"2025-03-20","ultima_reforma":"2025-11-14","ultima_reforma_fuente":"DOF","fuente":"Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión — Leyes Federales Vigentes","fuente_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lfpdppp.htm","archivo_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LFPDPPP.doc","sha256":"e044244159869c9d25611f601ddd7064925ddb85529acd3502048b8bd6e8ff25","descargado":"2026-10-08","url":"https://articuladomx.com/ley-federal-de-proteccion-de-datos-personales-en-posesion-de-los-particulares/","notas_verificacion":[]},"articulo":{"numero":"40","clave":"40","slug":"40","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["Capítulo VIII. Del Procedimiento de Protección de Derechos"],"texto":"El procedimiento se iniciará a instancia de la persona titular de los datos o de su representante legal, expresando con claridad el contenido de su reclamación y de los preceptos de esta Ley que se consideran vulnerados. La solicitud de protección de datos deberá presentarse ante la Secretaría dentro de los quince días siguientes a la fecha en que se comunique la respuesta a la persona titular por parte del responsable.\n\nEn el caso de que la persona titular de los datos no reciba respuesta por parte del responsable, la solicitud de protección de datos podrá ser presentada a partir de que haya vencido el plazo de respuesta previsto para el responsable. En este caso, bastará que la persona titular de los datos acompañe a su solicitud de protección de datos el documento que pruebe la fecha en que presentó la solicitud de acceso, rectificación, cancelación u oposición.\n\nLa solicitud de protección de datos también procederá en los mismos términos cuando el responsable no entregue a la persona titular los datos personales solicitados, o lo haga en un formato incomprensible, se niegue a efectuar modificaciones o correcciones a los datos personales, la persona titular no esté conforme con la información entregada por considerar que es incompleta o no corresponda a la información requerida.\n\nRecibida la solicitud de protección de datos ante la Secretaría, se dará traslado de la misma al responsable, para que, en el plazo de quince días, emita respuesta, ofrezca las pruebas que estime pertinentes y manifieste por escrito lo que a su derecho convenga.\n\nLa Secretaría admitirá las pruebas que estime pertinentes y procederá a su desahogo. Asimismo, podrá solicitar del responsable las demás pruebas que estime necesarias. Concluido el desahogo de las pruebas, la Secretaría notificará al responsable el derecho que le asiste para que, de considerarlo necesario, presente sus alegatos dentro de los cinco días siguientes a su notificación.\n\nPara el debido desahogo del procedimiento, la Secretaría resolverá sobre la solicitud de protección de datos formulada, una vez analizadas las pruebas y demás elementos de convicción que estime pertinentes, como pueden serlo aquéllos que deriven de la o las audiencias que se celebren con las partes.\n\nEl Reglamento de la Ley establecerá la forma, términos y plazos conforme a los que se desarrollará el procedimiento de protección de derechos.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-federal-de-proteccion-de-datos-personales-en-posesion-de-los-particulares/articulo-40/","markdown":"https://articuladomx.com/ley-federal-de-proteccion-de-datos-personales-en-posesion-de-los-particulares/articulo-40.md"},"cita":"Artículo 40, Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares. Texto vigente, última reforma DOF 14 nov 2025. https://articuladomx.com/ley-federal-de-proteccion-de-datos-personales-en-posesion-de-los-particulares/articulo-40/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}