{"ley":{"id":"ley-federal-del-derecho-de-autor","nombre":"Ley Federal del Derecho de Autor","abreviatura":"LFDA","titulo":"Ley Federal del Derecho de Autor","jurisdiccion":"federal","materia":"administrativo","publicacion_original":"1996-12-24","ultima_reforma":"2026-05-14","ultima_reforma_fuente":"DOF","fuente":"Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión — Leyes Federales Vigentes","fuente_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lfda.htm","archivo_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LFDA.doc","sha256":"8c4c11b98889de810cba15a1157b7a4d4f8621a9b034bfc9b06d10f530605b4a","descargado":"2026-10-18","url":"https://articuladomx.com/ley-federal-del-derecho-de-autor/","notas_verificacion":["carácter de fuente Symbol restituido (Σ) en: «Por Índice Hirschman-Herfindahl “IHH” se entiende la suma de los cuadrados de la…»","carácter de fuente Symbol restituido (Σ) en: «Para calcular el Índice de Dominancia “ID”, se determinará primero la contribuci…»","Artículo 135: la fuente lo encabeza en plural («Artículos 135.-») aunque es un solo artículo; se lee como «Artículo»."]},"articulo":{"numero":"29","clave":"29","slug":"29","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["TITULO II. Del Derecho de Autor","Capítulo III. De los Derechos Patrimoniales"],"texto":"Los derechos patrimoniales estarán vigentes durante:\n\nI. La vida del autor y, a partir de su muerte, cien años más.\n\nCuando la obra le pertenezca a varios coautores los cien años se contarán a partir de la muerte del último, y\n\nII. Cien años después de divulgadas.\n\nSi el titular del derecho patrimonial distinto del autor muere sin herederos la facultad de explotar o autorizar la explotación de la obra corresponderá al autor y, a falta de éste, corresponderá al Estado por conducto del Instituto, quien respetará los derechos adquiridos por terceros con anterioridad.\n\nPasados los términos previstos en las fracciones de este artículo, la obra pasará al dominio público.","nota":"Fracción reformada DOF 23-07-2003\nFracción reformada DOF 23-07-2003","url":"https://articuladomx.com/ley-federal-del-derecho-de-autor/articulo-29/","markdown":"https://articuladomx.com/ley-federal-del-derecho-de-autor/articulo-29.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"estado-de-mexico/codigo-civil","numero":"6.33","epigrafe":"Capacidad a la muerte del autor de la herencia","url":"https://articuladomx.com/estados/estado-de-mexico/codigo-civil/articulo-6-33/"},{"ley":"guerrero/codigo-civil","numero":"1134","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/guerrero/codigo-civil/articulo-1134/"},{"ley":"codigo-civil-federal","numero":"1334","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/codigo-civil-federal/articulo-1334/"},{"ley":"baja-california/codigo-civil","numero":"1221","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/baja-california/codigo-civil/articulo-1221/"},{"ley":"cdmx/codigo-civil","numero":"1334","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-civil/articulo-1334/"}]}},"cita":"Artículo 29, Ley Federal del Derecho de Autor. Texto vigente, última reforma DOF 14 may 2026. https://articuladomx.com/ley-federal-del-derecho-de-autor/articulo-29/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}