{"ley":{"id":"ley-general-de-acceso-de-las-mujeres-a-una-vida-libre-de-violencia","nombre":"Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencias","abreviatura":"LGAMVLV","titulo":"Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencias","jurisdiccion":"federal","materia":"familiar","publicacion_original":"2007-02-01","ultima_reforma":"2026-01-15","ultima_reforma_fuente":"DOF","fuente":"Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión — Leyes Federales Vigentes","fuente_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lgamvlv.htm","archivo_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LGAMVLV.doc","sha256":"02828978553252b63cd943b89778a87a810772a0f8379f00e8740f9f4087431c","descargado":"2026-10-07","url":"https://articuladomx.com/ley-general-de-acceso-de-las-mujeres-a-una-vida-libre-de-violencia/","notas_verificacion":[]},"articulo":{"numero":"28","clave":"28","slug":"28","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["TITULO II. MODALIDADES DE LAS VIOLENCIAS","CAPÍTULO VI. DE LAS MEDIDAS U ÓRDENES DE PROTECCIÓN"],"texto":"Las órdenes de protección que consagra la presente ley son personalísimas e intransferibles y podrán ser:\n\nI. De naturaleza administrativa: Aquéllas implementadas, otorgadas y ordenadas por el Ministerio Público y autoridades administrativas. Tendrán esta misma naturaleza las medidas u órdenes de protección proporcionadas y/o dictadas de forma directa por cualquier autoridad policial, y\n\nII. De naturaleza jurisdiccional: que son las emitidas por los órganos encargados de la administración de justicia.\n\nLas órdenes de protección tendrán una duración de hasta 60 días, prorrogables por 30 días más o por el tiempo que dure la investigación o prolongarse hasta que cese la situación de riesgo para la víctima.\n\nDeberán expedirse de manera inmediata o a más tardar dentro de las 4 horas siguientes al conocimiento de los hechos que las generan.","nota":"Fracción reformada DOF 16-12-2024\nArtículo reformado DOF 15-01-2013, 18-03-2021","url":"https://articuladomx.com/ley-general-de-acceso-de-las-mujeres-a-una-vida-libre-de-violencia/articulo-28/","markdown":"https://articuladomx.com/ley-general-de-acceso-de-las-mujeres-a-una-vida-libre-de-violencia/articulo-28.md"},"cita":"Artículo 28, Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencias. Texto vigente, última reforma DOF 15 ene 2026. https://articuladomx.com/ley-general-de-acceso-de-las-mujeres-a-una-vida-libre-de-violencia/articulo-28/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}