{"ley":{"id":"ley-general-de-educacion","nombre":"Ley General de Educación","abreviatura":"LGE","titulo":"Ley General de Educación","jurisdiccion":"federal","materia":"administrativo","publicacion_original":"2019-09-30","ultima_reforma":"2026-01-15","ultima_reforma_fuente":"DOF","fuente":"Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión — Leyes Federales Vigentes","fuente_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lge.htm","archivo_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LGE.doc","sha256":"e632d9e8ebbd05c18b486269cc20bbf6d20798ae8c24d69bcaf7b5d91d72c954","descargado":"2026-10-17","url":"https://articuladomx.com/ley-general-de-educacion/","notas_verificacion":[]},"articulo":{"numero":"170","clave":"170","slug":"170","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["Título Décimo Primero. De la educación impartida por particulares","Capítulo II. De los mecanismos para el cumplimiento de los fines de la educación impartida por los particulares"],"texto":"Son infracciones de quienes prestan servicios educativos:\n\nI. Incumplir cualesquiera de las obligaciones previstas en el artículo 147;\n\nII. Suspender el servicio educativo sin que medie motivo justificado, caso fortuito o fuerza mayor;\n\nIII. Suspender actividades escolares o extraescolares en días y horas no autorizados por el calendario escolar aplicable, sin que medie motivo justificado, caso fortuito o fuerza mayor;\n\nIV. No utilizar los libros de texto que la Secretaría autorice y determine para la educación primaria y secundaria;\n\nV. Incumplir los lineamientos generales para el uso de material educativo para la educación básica;\n\nVI. Dar a conocer antes de su aplicación, los exámenes o cualesquiera otros instrumentos de admisión, acreditación o evaluación, a quienes habrán de presentarlos;\n\nVII. Expedir certificados, constancias, diplomas o títulos a quienes no cumplan los requisitos aplicables;\n\nVIII. Realizar o permitir la difusión de publicidad dentro del plantel escolar que no fomente la promoción de estilos de vida saludables en alimentación, así como la comercialización de bienes o servicios notoriamente ajenos al proceso educativo, con excepción de los de alimentos;\n\nIX. Efectuar actividades que pongan en riesgo la salud o la seguridad de los educandos o que menoscaben su dignidad;\n\nX. Ocultar a las madres y padres de familia o tutores, las conductas de los educandos menores de dieciocho años que notoriamente deban ser de su conocimiento;\n\nXI. Oponerse a las actividades de vigilancia, así como no proporcionar información veraz y oportuna;\n\nXII. Contravenir las disposiciones contempladas en los artículos 7o., 15, 16, 73, párrafo tercero, 75 y 75 Bis, por lo que corresponde a las autoridades educativas y 148, segundo párrafo;\n\nXIII. Administrar a los educandos, sin previa prescripción médica y consentimiento informado de sus madres y padres o tutores, medicamentos;\n\nXIV. Promover en los educandos, por cualquier medio, el uso de medicamentos que contengan sustancias psicotrópicas o estupefacientes;\n\nXV. Expulsar, segregar o negarse a prestar el servicio educativo a personas con discapacidad o que presenten problemas de aprendizaje; obligar a los educandos a someterse a tratamientos médicos para condicionar su aceptación o permanencia en el plantel, o bien, presionar de cualquier manera a sus madres y padres de familia o tutores para que se los realicen, salvo causa debidamente justificada a juicio de las autoridades educativas;\n\nXVI. Incumplir con las medidas correctivas o precautorias derivadas de las visitas;\n\nXVII. Ostentarse como plantel incorporado sin estarlo;\n\nXVIII. Incumplir con lo dispuesto en el artículo 150;\n\nXIX. Impartir la educación inicial, preescolar, primaria, secundaria, normal y demás para la formación de docentes de educación básica, sin contar con la autorización correspondiente;\n\nXX. Cambiar de domicilio sin la autorización previa de las autoridades educativas competentes;\n\nXXI. Otorgar revalidaciones o equivalencias sin observar las disposiciones aplicables;\n\nXXII. Retener documentos personales y académicos por falta de pago;\n\nXXIII. Condicionar la prestación del servicio público de educación a la adquisición de uniformes y materiales educativos, así como de actividades extraescolares;\n\nXXIV. Omitir dar a conocer por escrito a las personas usuarias de los servicios educativos, previamente a la inscripción para cada ciclo escolar, el costo total de la colegiatura o cualquier otra contraprestación;\n\nXXV. Difundir o transmitir datos personales sin consentimiento expreso de su titular o, en su caso, de la madre y padre de familia o tutor, y\n\nXXVI. Incumplir cualesquiera de los demás preceptos de esta Ley, así como las disposiciones expedidas con fundamento en ella.","nota":"Fracción reformada DOF 20-12-2023","url":"https://articuladomx.com/ley-general-de-educacion/articulo-170/","markdown":"https://articuladomx.com/ley-general-de-educacion/articulo-170.md","que_significa":null,"citado_por":[{"ley":"ley-general-de-educacion","numero":"171","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-general-de-educacion/articulo-171/"}],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"ley-general-de-educacion","numero":"88","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-general-de-educacion/articulo-88/"},{"ley":"ley-general-de-educacion","numero":"164","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-general-de-educacion/articulo-164/"},{"ley":"ley-general-de-educacion","numero":"127","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-general-de-educacion/articulo-127/"},{"ley":"ley-general-de-educacion","numero":"94","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-general-de-educacion/articulo-94/"},{"ley":"ley-federal-del-trabajo","numero":"5","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-federal-del-trabajo/articulo-5/"}]}},"cita":"Artículo 170, Ley General de Educación. Texto vigente, última reforma DOF 15 ene 2026. https://articuladomx.com/ley-general-de-educacion/articulo-170/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}