{"ley":{"id":"ley-general-de-educacion","nombre":"Ley General de Educación","abreviatura":"LGE","titulo":"Ley General de Educación","jurisdiccion":"federal","materia":"administrativo","publicacion_original":"2019-09-30","ultima_reforma":"2026-01-15","ultima_reforma_fuente":"DOF","fuente":"Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión — Leyes Federales Vigentes","fuente_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lge.htm","archivo_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LGE.doc","sha256":"e632d9e8ebbd05c18b486269cc20bbf6d20798ae8c24d69bcaf7b5d91d72c954","descargado":"2026-10-17","url":"https://articuladomx.com/ley-general-de-educacion/","notas_verificacion":[]},"articulo":{"numero":"92","clave":"92","slug":"92","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["Título Cuarto. De la revalorización de las maestras y los maestros","Capítulo I. Del magisterio como agente fundamental en el proceso educativo"],"texto":"Las autoridades educativas, en sus respectivos ámbitos de competencia, constituirán el sistema integral de formación, capacitación y actualización, para que las maestras y los maestros ejerzan su derecho de acceder a éste, en términos de lo que determine la ley en materia de mejora continua de la educación.\n\nLas autoridades educativas de los Estados y de la Ciudad de México, podrán coordinarse para llevar a cabo actividades relativas a las finalidades previstas en este artículo, cuando los servicios o la naturaleza de las necesidades hagan recomendables proyectos regionales. Asimismo, podrán suscribir convenios de colaboración con instituciones de educación superior nacionales o del extranjero para ampliar las opciones de formación, actualización y capacitación docente.\n\nEl sistema al que se refiere este artículo será retroalimentado por evaluaciones diagnósticas para cumplir los objetivos y propósitos del Sistema Educativo Nacional, como lo establece el artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.\n\nEn el caso de la educación superior, las autoridades educativas, de manera coordinada, en el ámbito de sus competencias y atendiendo al carácter de las instituciones a las que la ley les otorga autonomía, promoverán programas de apoyo para el fortalecimiento de los docentes de educación superior que contribuyan a su capacitación, actualización, profesionalización y especialización.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-general-de-educacion/articulo-92/","markdown":"https://articuladomx.com/ley-general-de-educacion/articulo-92.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"ley-general-de-educacion","numero":"123","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-general-de-educacion/articulo-123/"},{"ley":"ley-general-de-educacion","numero":"67","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-general-de-educacion/articulo-67/"},{"ley":"ley-general-de-educacion","numero":"71","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-general-de-educacion/articulo-71/"},{"ley":"ley-general-de-educacion","numero":"98","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-general-de-educacion/articulo-98/"},{"ley":"ley-general-de-educacion","numero":"131","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-general-de-educacion/articulo-131/"}]}},"cita":"Artículo 92, Ley General de Educación. Texto vigente, última reforma DOF 15 ene 2026. https://articuladomx.com/ley-general-de-educacion/articulo-92/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}