{"ley":{"id":"ley-general-de-los-derechos-de-ninas-ninos-y-adolescentes","nombre":"Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes","abreviatura":"LGDNNA","titulo":"Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes","jurisdiccion":"federal","materia":"familiar","publicacion_original":"2014-12-04","ultima_reforma":"2026-01-15","ultima_reforma_fuente":"DOF","fuente":"Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión — Leyes Federales Vigentes","fuente_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lgdnna.htm","archivo_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LGDNNA.doc","sha256":"2fdc6ea7548bcb6483cac7e62d04ba3379f78e82c6049fa9150313e29224bf98","descargado":"2026-10-07","url":"https://articuladomx.com/ley-general-de-los-derechos-de-ninas-ninos-y-adolescentes/","notas_verificacion":[]},"articulo":{"numero":"6","clave":"6","slug":"6","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["TÍTULO PRIMERO. De las Disposiciones Generales"],"texto":"Para efectos del artículo 2 de esta Ley, son principios rectores, los siguientes:\n\nI. El interés superior de la niñez;\n\nII. La universalidad, interdependencia, indivisibilidad, progresividad e integralidad de los derechos de niñas, niños y adolescentes, conforme a lo dispuesto en los artículos 1o. y 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos así como en los tratados internacionales;\n\nIII. La igualdad sustantiva;\n\nIV. La no discriminación;\n\nV. La inclusión;\n\nVI. El derecho a la vida, a la supervivencia y al desarrollo;\n\nVII. La participación;\n\nVIII. La interculturalidad;\n\nIX. La corresponsabilidad de los miembros de la familia, la sociedad y las autoridades;\n\nX. La transversalidad en la legislación, políticas públicas, actividades administrativas, económicas y culturales;\n\nXI. La autonomía progresiva;\n\nXII. El principio pro persona;\n\nXIII. El acceso a una vida libre de violencia;\n\nXIV. La accesibilidad;\n\nXV. El derecho al adecuado desarrollo evolutivo de la personalidad;\n\nXVI. Mínima intervención en juicios cuando intervienen en procedimientos judiciales como víctimas o testigos, y\n\nXVII. No revictimización en juicios cuando intervienen en procedimientos judiciales como víctimas o testigos.","nota":"Fracción reformada DOF 03-06-2019\nFracción reformada DOF 03-06-2019, 17-04-2024\nFracción adicionada DOF 03-06-2019. Reformada DOF 17-04-2024\nFracción adicionada DOF 17-04-2024\nFracción adicionada DOF 17-04-2024","url":"https://articuladomx.com/ley-general-de-los-derechos-de-ninas-ninos-y-adolescentes/articulo-6/","markdown":"https://articuladomx.com/ley-general-de-los-derechos-de-ninas-ninos-y-adolescentes/articulo-6.md"},"cita":"Artículo 6, Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. Texto vigente, última reforma DOF 15 ene 2026. https://articuladomx.com/ley-general-de-los-derechos-de-ninas-ninos-y-adolescentes/articulo-6/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}