{"ley":{"id":"ley-general-de-mecanismos-alternativos-de-solucion-de-controversias","nombre":"Ley General de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias","abreviatura":"LGMASC","titulo":"Ley General de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias","jurisdiccion":"federal","materia":"procesal-civil","publicacion_original":"2024-01-26","ultima_reforma":"2024-01-26","ultima_reforma_fuente":"DOF","fuente":"Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión — Leyes Federales Vigentes","fuente_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lgmasc.htm","archivo_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LGMASC.doc","sha256":"2731fc851adaf8011b00404c4cfc630ff131915dfbae23c5edbde7f26a00728b","descargado":"2026-10-19","url":"https://articuladomx.com/ley-general-de-mecanismos-alternativos-de-solucion-de-controversias/","notas_verificacion":[]},"articulo":{"numero":"136","clave":"136","slug":"136","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["Capítulo VIII. De los Centros de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias en el ámbito administrativo","Sección Quinta. Del Convenio"],"texto":"Los convenios suscritos y firmados serán remitidos al Magistrado Instructor con la finalidad de que sean aprobados. La autoridad jurisdiccional verificará que los términos convenidos:\n\na) No contravengan disposiciones de orden público;\n\nb) No afecten derechos de terceros, y\n\nc) No resulten notoriamente desproporcionados.\n\nVerificado lo anterior, la autoridad jurisdiccional resolverá sobre la procedencia de lo convenido, para en su caso, dar por terminado el juicio, precisando los términos del Convenio de las partes. En el caso de considerar improcedente el convenio, se informará a las partes quienes podrán optar por subsanar los aspectos procedentes o reanudar el procedimiento contencioso administrativo. La resolución que de por terminado el juicio en virtud de un convenio de las partes se notificará personalmente a los particulares y por oficio a las autoridades.\n\nLos convenios celebrados en sede administrativa surtirán los efectos de cosa juzgada de conformidad con lo dispuesto en esta Ley y las demás que resulten aplicables.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-general-de-mecanismos-alternativos-de-solucion-de-controversias/articulo-136/","markdown":"https://articuladomx.com/ley-general-de-mecanismos-alternativos-de-solucion-de-controversias/articulo-136.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"ley-de-amparo","numero":"188","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-de-amparo/articulo-188/"},{"ley":"ley-de-amparo","numero":"211","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-de-amparo/articulo-211/"},{"ley":"ley-general-de-mecanismos-alternativos-de-solucion-de-controversias","numero":"137","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-general-de-mecanismos-alternativos-de-solucion-de-controversias/articulo-137/"},{"ley":"codigo-nacional-de-procedimientos-civiles-y-familiares","numero":"812","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/codigo-nacional-de-procedimientos-civiles-y-familiares/articulo-812/"},{"ley":"codigo-nacional-de-procedimientos-civiles-y-familiares","numero":"469","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/codigo-nacional-de-procedimientos-civiles-y-familiares/articulo-469/"}]}},"cita":"Artículo 136, Ley General de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias. Texto vigente, última reforma DOF 26 ene 2024. https://articuladomx.com/ley-general-de-mecanismos-alternativos-de-solucion-de-controversias/articulo-136/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}