{"ley":{"id":"ley-general-de-movilidad-y-seguridad-vial","nombre":"Ley General de Movilidad y Seguridad Vial","abreviatura":"LGMSV","titulo":"Ley General de Movilidad y Seguridad Vial","jurisdiccion":"federal","materia":"administrativo","publicacion_original":"2022-05-17","ultima_reforma":"2023-12-29","ultima_reforma_fuente":"DOF","fuente":"Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión — Leyes Federales Vigentes","fuente_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lgmsv.htm","archivo_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LGMSV.doc","sha256":"ae1da3b0c657e124e1036065f25c90ed1b186cfba736d5d7fe25c696f2655718","descargado":"2026-10-17","url":"https://articuladomx.com/ley-general-de-movilidad-y-seguridad-vial/","notas_verificacion":[]},"articulo":{"numero":"1","clave":"1","slug":"1","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["TÍTULO PRIMERO. Disposiciones Generales","CAPÍTULO I. Objeto de la Ley"],"texto":"La presente Ley es de orden público e interés social y de observancia general en todo el territorio nacional, en términos de lo dispuesto en el párrafo décimo séptimo del artículo 4o. y 73, fracción XXIX-C, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de movilidad y seguridad vial, y tiene por objeto establecer las bases y principios para garantizar el derecho a la movilidad en condiciones de seguridad vial, accesibilidad, eficiencia, sostenibilidad, calidad, inclusión e igualdad.\n\nLa presente Ley tendrá por objetivos:\n\nI. Sentar las bases para la política de movilidad y seguridad vial, bajo un enfoque sistémico y de sistemas seguros, a través del Sistema Nacional de Movilidad y Seguridad Vial y la información proporcionada por el Sistema de Información Territorial y Urbano para priorizar el desplazamiento de las personas, particularmente de los grupos en situación de vulnerabilidad, así como bienes y mercancías, con base en la jerarquía de la movilidad señalada en esta Ley, que disminuya los impactos negativos sociales, de desigualdad, económicos, a la salud, y al medio ambiente, con el fin de reducir muertes y lesiones graves ocasionadas por siniestros viales, para lo cual se debe preservar el orden y seguridad vial;\n\nII. Definir mecanismos de coordinación de las autoridades de los tres órdenes de gobierno y la sociedad en materia de movilidad y seguridad vial;\n\nIII. Establecer la concurrencia entre la Federación, las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, en el ámbito de sus respectivas competencias, en materia de movilidad y seguridad vial, así como los mecanismos para su debida coordinación, de conformidad con lo establecido en el artículo 73, fracción XXIX-C, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;\n\nIV. Establecer las bases para la coordinación entre integrantes del Sistema Nacional de Movilidad y Seguridad Vial a través de los planes de desarrollo, la política de movilidad y de seguridad vial con un enfoque integral a la política de desarrollo urbano y ordenamiento territorial, que sea transversal con las políticas sectoriales aplicables;\n\nV. Determinar mecanismos y acciones que promuevan y fomenten la sensibilización, la formación y la cultura de la movilidad y seguridad vial, que permitan el ejercicio pleno de este derecho;\n\nVI. Vincular la política de movilidad y seguridad vial, con un enfoque integral de la política de ordenamiento territorial y desarrollo urbano y de manera transversal con las políticas sectoriales aplicables;\n\nVII. Definir la jerarquía de la movilidad y los principios rectores a que deben sujetarse las autoridades competentes, en la implementación de esta Ley, en la expedición de disposiciones reglamentarias y en la formulación y aplicación de políticas, programas y acciones en la materia;\n\nVIII. Establecer las bases para priorizar los modos de transporte de personas, bienes y mercancías, con menor costo ambiental y social, la movilidad no motorizada, vehículos no contaminantes y la intermodalidad;\n\nIX. Establecer los mecanismos y acciones para la gestión de factores de riesgo que permitan reducir las muertes y lesiones graves ocasionadas por siniestros viales, así como salvaguardar la vida e integridad física de las personas usuarias del sistema de movilidad, bajo un enfoque de sistemas seguros, y\n\nX. Promover la toma de decisiones con base en evidencia científica y territorial en materia de movilidad y seguridad vial.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-general-de-movilidad-y-seguridad-vial/articulo-1/","markdown":"https://articuladomx.com/ley-general-de-movilidad-y-seguridad-vial/articulo-1.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"ley-general-para-la-inclusion-de-las-personas-con-discapacidad","numero":"1","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-general-para-la-inclusion-de-las-personas-con-discapacidad/articulo-1/"},{"ley":"ley-de-migracion","numero":"1","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-de-migracion/articulo-1/"},{"ley":"ley-general-de-victimas","numero":"1","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-general-de-victimas/articulo-1/"},{"ley":"ley-general-de-movilidad-y-seguridad-vial","numero":"8","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-general-de-movilidad-y-seguridad-vial/articulo-8/"},{"ley":"ley-general-de-movilidad-y-seguridad-vial","numero":"74","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-general-de-movilidad-y-seguridad-vial/articulo-74/"}]}},"cita":"Artículo 1, Ley General de Movilidad y Seguridad Vial. 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