{"ley":{"id":"ley-general-de-poblacion","nombre":"Ley General de Población","abreviatura":"LGP","titulo":"Ley General de Población","jurisdiccion":"federal","materia":"administrativo","publicacion_original":"1974-01-07","ultima_reforma":"2025-07-16","ultima_reforma_fuente":"DOF","fuente":"Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión — Leyes Federales Vigentes","fuente_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lgp.htm","archivo_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LGP.doc","sha256":"cd82baefda1278b1e13e36c7aa2bb0b884de19d6d6a22b68319e3e3efb21e1d6","descargado":"2026-10-19","url":"https://articuladomx.com/ley-general-de-poblacion/","notas_verificacion":["Transitorios de decretos de reforma: la fuente los incluye solo «A partir de 1996»; los anteriores no están en este archivo."]},"articulo":{"numero":"102","clave":"102","slug":"102","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["CAPITULO VII. Registro Nacional de Ciudadanos y Cédula de Identidad Ciudadana"],"texto":"Cuando la Secretaría de Gobernación encuentre alguna irregularidad en los documentos presentados por el interesado, suspenderá el registro correspondiente e informará por escrito las causas por las cuales no procede su trámite.\n\nLos ciudadanos que estén en el supuesto anterior, podrán solicitar ante la Secretaría de Gobernación la aclaración respectiva, en los términos establecidos en el reglamento correspondiente","nota":"Artículo adicionado DOF 22-07-1992","url":"https://articuladomx.com/ley-general-de-poblacion/articulo-102/","markdown":"https://articuladomx.com/ley-general-de-poblacion/articulo-102.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"ley-general-del-sistema-nacional-de-seguridad-publica","numero":"118","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-general-del-sistema-nacional-de-seguridad-publica/articulo-118/"},{"ley":"ley-federal-del-derecho-de-autor","numero":"172","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-federal-del-derecho-de-autor/articulo-172/"},{"ley":"nuevo-leon/codigo-civil","numero":"132","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/nuevo-leon/codigo-civil/articulo-132/"},{"ley":"coahuila/codigo-civil","numero":"3678","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-civil/articulo-3678/"},{"ley":"guanajuato/codigo-civil","numero":"136","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/guanajuato/codigo-civil/articulo-136/"}]}},"cita":"Artículo 102, Ley General de Población. Texto vigente, última reforma DOF 16 jul 2025. https://articuladomx.com/ley-general-de-poblacion/articulo-102/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}