{"ley":{"id":"ley-general-de-poblacion","nombre":"Ley General de Población","abreviatura":"LGP","titulo":"Ley General de Población","jurisdiccion":"federal","materia":"administrativo","publicacion_original":"1974-01-07","ultima_reforma":"2025-07-16","ultima_reforma_fuente":"DOF","fuente":"Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión — Leyes Federales Vigentes","fuente_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lgp.htm","archivo_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LGP.doc","sha256":"cd82baefda1278b1e13e36c7aa2bb0b884de19d6d6a22b68319e3e3efb21e1d6","descargado":"2026-10-19","url":"https://articuladomx.com/ley-general-de-poblacion/","notas_verificacion":["Transitorios de decretos de reforma: la fuente los incluye solo «A partir de 1996»; los anteriores no están en este archivo."]},"articulo":{"numero":"109","clave":"109","slug":"109","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["CAPITULO VII. Registro Nacional de Ciudadanos y Cédula de Identidad Ciudadana"],"texto":"La Cédula de Identidad Ciudadana deberá renovarse;\n\nI. A más tardar, noventa días antes de que concluya su vigencia; la cual no podrá exceder de 15 años;\n\nII. Cuando esté deteriorada por su uso; y\n\nIII. Cuando los rasgos físicos de una persona cambien de tal suerte que no se correspondan con los de la fotografía que porta la cédula.\n\nEn todos los casos, el portador deberá devolver la Cédula de Identidad Ciudadana anterior al momento de recoger la nueva.","nota":"Artículo adicionado DOF 22-07-1992","url":"https://articuladomx.com/ley-general-de-poblacion/articulo-109/","markdown":"https://articuladomx.com/ley-general-de-poblacion/articulo-109.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"ley-general-de-poblacion","numero":"110","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-general-de-poblacion/articulo-110/"},{"ley":"tabasco/codigo-civil","numero":"87","epigrafe":"Extemporáneo","url":"https://articuladomx.com/estados/tabasco/codigo-civil/articulo-87/"},{"ley":"queretaro/codigo-civil","numero":"67","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/queretaro/codigo-civil/articulo-67/"},{"ley":"ley-de-migracion","numero":"59","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-de-migracion/articulo-59/"},{"ley":"codigo-de-comercio","numero":"109","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/codigo-de-comercio/articulo-109/"}]}},"cita":"Artículo 109, Ley General de Población. Texto vigente, última reforma DOF 16 jul 2025. https://articuladomx.com/ley-general-de-poblacion/articulo-109/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}