{"ley":{"id":"ley-general-de-responsabilidades-administrativas","nombre":"Ley General de Responsabilidades Administrativas","abreviatura":"LGRA","titulo":"Ley General de Responsabilidades Administrativas","jurisdiccion":"federal","materia":"administrativo","publicacion_original":"2016-07-18","ultima_reforma":"2025-12-15","ultima_reforma_fuente":"DOF","fuente":"Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión — Leyes Federales Vigentes","fuente_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lgra.htm","archivo_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LGRA.doc","sha256":"a6965ca932fceef4906a8a04f4c1346a3027c87e90972174210ff72ac7b72055","descargado":"2026-10-17","url":"https://articuladomx.com/ley-general-de-responsabilidades-administrativas/","notas_verificacion":[]},"articulo":{"numero":"117","clave":"117","slug":"117","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO SEGUNDO. DISPOSICIONES ADJETIVAS","TÍTULO SEGUNDO. DEL PROCEDIMIENTO DE RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA","Capítulo I. Disposiciones comunes al procedimiento de responsabilidad administrativa","Sección Primera. Principios, interrupción de la prescripción, partes y autorizaciones"],"texto":"Las partes señaladas en las fracciones II, III y IV del artículo anterior podrán autorizar para oír notificaciones en su nombre, a una o varias personas con capacidad legal, quienes quedarán facultadas para interponer los recursos que procedan, ofrecer e intervenir en el desahogo de pruebas, alegar en las audiencias, pedir se dicte sentencia para evitar la consumación del término de caducidad por inactividad procesal y realizar cualquier acto que resulte ser necesario para la defensa de los derechos del autorizante, pero no podrá substituir o delegar dichas facultades en un tercero.\n\nLas personas autorizadas conforme a la primera parte de este párrafo, deberán acreditar encontrarse legalmente autorizadas para ejercer la profesión de abogado o licenciado en derecho, debiendo proporcionar los datos correspondientes en el escrito en que se otorgue dicha autorización y mostrar la cédula profesional o carta de pasante para la práctica de la abogacía en las diligencias de prueba en que intervengan, en el entendido que el autorizado que no cumpla con lo anterior, perderá la facultad a que se refiere este artículo en perjuicio de la parte que lo hubiere designado, y únicamente tendrá las que se indican en el penúltimo párrafo de este artículo.\n\nLas personas autorizadas en los términos de este artículo, serán responsables de los daños y perjuicios que causen ante el que los autorice, de acuerdo a las disposiciones aplicables del Código Civil Federal, relativas al mandato y las demás conexas. Los autorizados podrán renunciar a dicha calidad, mediante escrito presentado a la autoridad resolutora, haciendo saber las causas de la renuncia.\n\nLas partes podrán designar personas solamente autorizadas para oír notificaciones e imponerse de los autos, a cualquiera con capacidad legal, quien no gozará de las demás facultades a que se refieren los párrafos anteriores.\n\nLas partes deberán señalar expresamente el alcance de las autorizaciones que concedan. El acuerdo donde se resuelvan las autorizaciones se deberá expresar con toda claridad el alcance con el que se reconoce la autorización otorgada.\n\nTratándose de personas morales estas deberán comparecer en todo momento a través de sus representantes legales, o por las personas que estos designen, pudiendo, asimismo, designar autorizados en términos de este artículo.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-general-de-responsabilidades-administrativas/articulo-117/","markdown":"https://articuladomx.com/ley-general-de-responsabilidades-administrativas/articulo-117.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"codigo-nacional-de-procedimientos-civiles-y-familiares","numero":"215","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/codigo-nacional-de-procedimientos-civiles-y-familiares/articulo-215/"},{"ley":"ley-de-amparo","numero":"12","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-de-amparo/articulo-12/"},{"ley":"codigo-de-comercio","numero":"1390 Bis 42","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/codigo-de-comercio/articulo-1390-bis-42/"},{"ley":"codigo-nacional-de-procedimientos-civiles-y-familiares","numero":"292","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/codigo-nacional-de-procedimientos-civiles-y-familiares/articulo-292/"},{"ley":"codigo-de-comercio","numero":"1154","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/codigo-de-comercio/articulo-1154/"}]}},"cita":"Artículo 117, Ley General de Responsabilidades Administrativas. Texto vigente, última reforma DOF 15 dic 2025. https://articuladomx.com/ley-general-de-responsabilidades-administrativas/articulo-117/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}