{"ley":{"id":"ley-general-de-responsabilidades-administrativas","nombre":"Ley General de Responsabilidades Administrativas","abreviatura":"LGRA","titulo":"Ley General de Responsabilidades Administrativas","jurisdiccion":"federal","materia":"administrativo","publicacion_original":"2016-07-18","ultima_reforma":"2025-12-15","ultima_reforma_fuente":"DOF","fuente":"Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión — Leyes Federales Vigentes","fuente_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lgra.htm","archivo_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LGRA.doc","sha256":"a6965ca932fceef4906a8a04f4c1346a3027c87e90972174210ff72ac7b72055","descargado":"2026-10-17","url":"https://articuladomx.com/ley-general-de-responsabilidades-administrativas/","notas_verificacion":[]},"articulo":{"numero":"163","clave":"163","slug":"163","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO SEGUNDO. DISPOSICIONES ADJETIVAS","TÍTULO SEGUNDO. DEL PROCEDIMIENTO DE RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA","Capítulo I. Disposiciones comunes al procedimiento de responsabilidad administrativa","Sección Quinta. De las pruebas en particular"],"texto":"Se considerarán indubitables para el cotejo:\n\nI. Los documentos que las partes reconozcan como tales, de común acuerdo;\n\nII. Los documentos privados cuya letra o firma haya sido reconocida ante la Autoridad resolutora del asunto, por aquél a quien se atribuya la dudosa;\n\nIII. Los documentos cuya letra, firma o huella digital haya sido declarada en la vía judicial como propia de aquél a quien se atribuya la dudosa, salvo que dicha declaración se haya hecho en rebeldía, y\n\nIV. Las letras, firmas o huellas digitales que haya sido puestas en presencia de la Autoridad resolutora en actuaciones propias del procedimiento de responsabilidad, por la parte cuya firma, letra o huella digital se trate de comprobar.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-general-de-responsabilidades-administrativas/articulo-163/","markdown":"https://articuladomx.com/ley-general-de-responsabilidades-administrativas/articulo-163.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"codigo-de-comercio","numero":"1250 Bis 1","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/codigo-de-comercio/articulo-1250-bis-1/"},{"ley":"codigo-civil-federal","numero":"3005","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/codigo-civil-federal/articulo-3005/"},{"ley":"codigo-nacional-de-procedimientos-civiles-y-familiares","numero":"331","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/codigo-nacional-de-procedimientos-civiles-y-familiares/articulo-331/"},{"ley":"nuevo-leon/codigo-civil","numero":"2903","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/nuevo-leon/codigo-civil/articulo-2903/"},{"ley":"baja-california/codigo-civil","numero":"2878","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/baja-california/codigo-civil/articulo-2878/"}]}},"cita":"Artículo 163, Ley General de Responsabilidades Administrativas. Texto vigente, última reforma DOF 15 dic 2025. https://articuladomx.com/ley-general-de-responsabilidades-administrativas/articulo-163/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}