{"ley":{"id":"ley-general-de-salud","nombre":"Ley General de Salud","abreviatura":"LGS","titulo":"Ley General de Salud","jurisdiccion":"federal","materia":"administrativo","publicacion_original":"1984-02-07","ultima_reforma":"2026-01-15","ultima_reforma_fuente":"DOF","fuente":"Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión — Leyes Federales Vigentes","fuente_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lgs.htm","archivo_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LGS.doc","sha256":"130641da82c19e7cb77cd4975d7b7c1855e54831f5113e963c6b54483ef94c0b","descargado":"2026-10-08","url":"https://articuladomx.com/ley-general-de-salud/","notas_verificacion":["carácter de fuente Symbol restituido (α) en: «DEXTROPROPOXIFENO (-(+)α-4 dimetilamino-1,2-difenil-3-metil-2 butanol propionato…»","carácter de fuente Symbol restituido (α) en: «ETORFINA (7,8 dihidro-7α(-1(R)-hidroxi-1-metilbutil)-06 metil-6-14-endoeteno-mor…»","carácter de fuente Symbol restituido (Δ) en: «TETRAHIDROCANNABINOL, las que sean o contengan en concentraciones mayores al 1%,…»","carácter de fuente Symbol restituido (Δ) en: «TETRAHIDROCANNABINOL, las que sean o contengan en concentraciones iguales o meno…»","Transitorios de decretos de reforma: la fuente los incluye solo «A partir de 1994»; los anteriores no están en este archivo.","Artículo 245: contiene una tabla; cada fila se escribe como un párrafo con celdas separadas por « | ».","Número de artículo repetido en la fuente: 268 Bis (la aparición 2 recibe la clave 268bis-dup2).","Número de artículo repetido en la fuente: 350 Bis (la aparición 2 recibe la clave 350bis-dup2).","Número de artículo repetido en la fuente: 401 Bis (la aparición 2 recibe la clave 401bis-dup2).","Número de artículo repetido en la fuente: 401 Bis (la aparición 3 recibe la clave 401bis-dup3).","Artículo 479: contiene una tabla; cada fila se escribe como un párrafo con celdas separadas por « | »."]},"articulo":{"numero":"192 Bis","clave":"192bis","slug":"192-bis","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["TITULO DECIMO PRIMERO. Programas Contra las Adicciones","CAPITULO IV. Programa Contra la Farmacodependencia"],"texto":"Para los efectos del programa nacional se entiende por:\n\nI. Farmacodependiente: Toda persona que presenta algún signo o síntoma de dependencia a estupefacientes o psicotrópicos;\n\nII. Consumidor: Toda persona que consume o utilice estupefacientes o psicotrópicos y que no presente signos ni síntomas de dependencia;\n\nIII. Farmacodependiente en recuperación: Toda persona que está en tratamiento para dejar de utilizar narcóticos y está en un proceso de superación de la farmacodependencia;\n\nIV. Atención médica: Al conjunto de servicios que se proporcionan al individuo, con el fin de proteger, promover y restaurar su salud;\n\nV. Detección temprana: Corresponde a una estrategia de prevención secundaria que tiene como propósito identificar en una fase inicial el consumo de narcóticos a fin de aplicar medidas terapéuticas de carácter médico, psicológico y social lo más temprano posible;\n\nVI. Prevención: El conjunto de acciones dirigidas a evitar o reducir el consumo de narcóticos, a disminuir situaciones de riesgo y limitar los daños asociados al consumo de dichas sustancias;\n\nVII. Tratamiento: El conjunto de acciones que tienen por objeto conseguir la abstinencia o, en su caso, la reducción del consumo de narcóticos, reducir los riesgos y daños que implican el uso y abuso de dichas sustancias, abatir los padecimientos asociados al consumo, e incrementar el grado de bienestar físico, mental y social, tanto del que usa, abusa o depende de esas sustancias, como de su familia;\n\nVIII. Investigación en materia de farmacodependencia: Tiene por objeto determinar las características y tendencias del problema, así como su magnitud e impacto en lo individual, familiar y colectivo; construyendo las bases científicas para la construcción de políticas públicas y los tratamientos adecuados para los diversos tipos y niveles de adicción; respetando los derechos humanos y su integridad, y\n\nIX. Suspensión de la farmacodependencia: Proceso mediante el cual el farmacodependiente participa en la superación de su farmacodependencia con el apoyo del entorno comunitario en la identificación y solución de problemas comunes que provocaron la farmacodependencia.","nota":"Artículo adicionado DOF 20-08-2009","url":"https://articuladomx.com/ley-general-de-salud/articulo-192-bis/","markdown":"https://articuladomx.com/ley-general-de-salud/articulo-192-bis.md"},"cita":"Artículo 192 Bis, Ley General de Salud. Texto vigente, última reforma DOF 15 ene 2026. https://articuladomx.com/ley-general-de-salud/articulo-192-bis/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}