{"ley":{"id":"ley-general-de-sociedades-mercantiles","nombre":"Ley General de Sociedades Mercantiles","abreviatura":"LGSM","titulo":"Ley General de Sociedades Mercantiles","jurisdiccion":"federal","materia":"civil","publicacion_original":"1934-08-04","ultima_reforma":"2023-10-20","ultima_reforma_fuente":"DOF","fuente":"Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión — Leyes Federales Vigentes","fuente_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lgsm.htm","archivo_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LGSM.doc","sha256":"c3486886a618e2b5717f1e84fd04c7fd9717a8ef7e848c694fffa0d6b86fca6d","descargado":"2026-10-17","url":"https://articuladomx.com/ley-general-de-sociedades-mercantiles/","notas_verificacion":["Fecha de última reforma: el documento dice 2023-10-20; index.htm dice 2025-12-26, que es la fecha de «Cantidades actualizadas por Acuerdo DOF 26-12-2025» del encabezado del documento (actualización de cantidades, no reforma del texto).","Transitorios de decretos de reforma: la fuente los incluye solo «A partir de 1996»; los anteriores no están en este archivo."]},"articulo":{"numero":"247","clave":"247","slug":"247","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["CAPITULO XI. De la liquidación de las sociedades"],"texto":"En la liquidación de las sociedades anónimas y en comandita por acciones, los liquidadores procederán a la distribución del remanente entre los socios con sujeción a las siguientes reglas:\n\nI.- En el balance final se indicará la parte que a cada socio corresponda en el haber social;\n\nII. Dicho balance se publicará en el sistema electrónico establecido por la Secretaría de Economía.\n\nEl mismo balance quedará, por igual término, así como los papeles y libros de la sociedad, a disposición de los accionistas, quienes gozarán de un plazo de quince días a partir de la última publicación, para presentar sus reclamaciones a los liquidadores.\n\nIII.- Transcurrido dicho plazo, los liquidadores convocarán a una Asamblea General de Accionistas para que apruebe en definitiva el balance. Esta Asamblea será presidida por uno de los liquidadores.\n\nLo dispuesto en las fracciones anteriores no será aplicable cuando el nombramiento del liquidador se realice conforme al procedimiento del artículo 249 Bis 1 de esta Ley.","nota":"Párrafo reformado DOF 13-06-2014\nPárrafo adicionado DOF 24-01-2018","url":"https://articuladomx.com/ley-general-de-sociedades-mercantiles/articulo-247/","markdown":"https://articuladomx.com/ley-general-de-sociedades-mercantiles/articulo-247.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"ley-general-de-sociedades-mercantiles","numero":"236","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-general-de-sociedades-mercantiles/articulo-236/"},{"ley":"ley-general-de-sociedades-mercantiles","numero":"242","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-general-de-sociedades-mercantiles/articulo-242/"},{"ley":"puebla/codigo-civil","numero":"273","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/puebla/codigo-civil/articulo-273/"},{"ley":"coahuila/codigo-civil","numero":"3571","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-civil/articulo-3571/"},{"ley":"hidalgo/codigo-civil","numero":"2731 Octies","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/hidalgo/codigo-civil/articulo-2731-octies/"}]}},"cita":"Artículo 247, Ley General de Sociedades Mercantiles. Texto vigente, última reforma DOF 20 oct 2023. https://articuladomx.com/ley-general-de-sociedades-mercantiles/articulo-247/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}