{"ley":{"id":"ley-general-de-sociedades-mercantiles","nombre":"Ley General de Sociedades Mercantiles","abreviatura":"LGSM","titulo":"Ley General de Sociedades Mercantiles","jurisdiccion":"federal","materia":"civil","publicacion_original":"1934-08-04","ultima_reforma":"2023-10-20","ultima_reforma_fuente":"DOF","fuente":"Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión — Leyes Federales Vigentes","fuente_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lgsm.htm","archivo_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LGSM.doc","sha256":"c3486886a618e2b5717f1e84fd04c7fd9717a8ef7e848c694fffa0d6b86fca6d","descargado":"2026-10-17","url":"https://articuladomx.com/ley-general-de-sociedades-mercantiles/","notas_verificacion":["Fecha de última reforma: el documento dice 2023-10-20; index.htm dice 2025-12-26, que es la fecha de «Cantidades actualizadas por Acuerdo DOF 26-12-2025» del encabezado del documento (actualización de cantidades, no reforma del texto).","Transitorios de decretos de reforma: la fuente los incluye solo «A partir de 1996»; los anteriores no están en este archivo."]},"articulo":{"numero":"46","clave":"46","slug":"46","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["CAPITULO II. De la sociedad en nombre colectivo"],"texto":"Los socios resolverán también por el voto de la mayoría de ellos. Sin embargo, en el contrato social podrá pactarse que la mayoría se compute por cantidades; pero si un solo socio representare el mayor interés, se necesitará además el voto de otro.\n\nPara los efectos de este precepto, el socio industrial disfrutará de una sola representación que, salvo disposición en contrario del contrato social, será igual a la del mayor interés de los socios capitalistas. Cuando fueren varios los socios industriales, la representación única que les concede este artículo se ejercitará emitiendo como voto el que haya sido adoptado por mayoría de personas entre los propios industriales.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-general-de-sociedades-mercantiles/articulo-46/","markdown":"https://articuladomx.com/ley-general-de-sociedades-mercantiles/articulo-46.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"ley-general-de-sociedades-mercantiles","numero":"77","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-general-de-sociedades-mercantiles/articulo-77/"},{"ley":"ley-general-de-sociedades-mercantiles","numero":"83","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-general-de-sociedades-mercantiles/articulo-83/"},{"ley":"ley-general-de-sociedades-mercantiles","numero":"65","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-general-de-sociedades-mercantiles/articulo-65/"},{"ley":"estado-de-mexico/codigo-civil","numero":"7.929","epigrafe":"Socio o socios administradores","url":"https://articuladomx.com/estados/estado-de-mexico/codigo-civil/articulo-7-929/"},{"ley":"nuevo-leon/codigo-civil","numero":"2606","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/nuevo-leon/codigo-civil/articulo-2606/"}]}},"cita":"Artículo 46, Ley General de Sociedades Mercantiles. Texto vigente, última reforma DOF 20 oct 2023. https://articuladomx.com/ley-general-de-sociedades-mercantiles/articulo-46/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}