{"ley":{"id":"ley-general-de-sociedades-mercantiles","nombre":"Ley General de Sociedades Mercantiles","abreviatura":"LGSM","titulo":"Ley General de Sociedades Mercantiles","jurisdiccion":"federal","materia":"civil","publicacion_original":"1934-08-04","ultima_reforma":"2023-10-20","ultima_reforma_fuente":"DOF","fuente":"Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión — Leyes Federales Vigentes","fuente_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lgsm.htm","archivo_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LGSM.doc","sha256":"c3486886a618e2b5717f1e84fd04c7fd9717a8ef7e848c694fffa0d6b86fca6d","descargado":"2026-10-17","url":"https://articuladomx.com/ley-general-de-sociedades-mercantiles/","notas_verificacion":["Fecha de última reforma: el documento dice 2023-10-20; index.htm dice 2025-12-26, que es la fecha de «Cantidades actualizadas por Acuerdo DOF 26-12-2025» del encabezado del documento (actualización de cantidades, no reforma del texto).","Transitorios de decretos de reforma: la fuente los incluye solo «A partir de 1996»; los anteriores no están en este archivo."]},"articulo":{"numero":"49","clave":"49","slug":"49","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["CAPITULO II. De la sociedad en nombre colectivo"],"texto":"Los socios industriales deberán percibir, salvo pacto en contrario, las cantidades que periódicamente necesiten para alimentos; en el concepto de que dichas cantidades y épocas de percepción serán fijadas por acuerdo de la mayoría de los socios o, en su defecto, por la autoridad judicial. Lo que perciban los socios industriales por alimentos se computará en los balances anuales a cuenta de utilidades, sin que tengan obligación de reintegrarlo en los casos en que el balance no arroje utilidades o las arroje en cantidad menor.\n\nLos socios capitalistas que administren podrán percibir periódicamente, por acuerdo de la mayoría de los socios, una remuneración con cargo a gastos generales.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-general-de-sociedades-mercantiles/articulo-49/","markdown":"https://articuladomx.com/ley-general-de-sociedades-mercantiles/articulo-49.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"ley-general-de-salud","numero":"216 Bis","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-general-de-salud/articulo-216-bis/"},{"ley":"nuevo-leon/codigo-civil","numero":"311","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/nuevo-leon/codigo-civil/articulo-311/"},{"ley":"guanajuato/codigo-civil","numero":"2249","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/guanajuato/codigo-civil/articulo-2249/"},{"ley":"jalisco/codigo-civil","numero":"442","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/jalisco/codigo-civil/articulo-442/"},{"ley":"baja-california/codigo-civil","numero":"2605","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/baja-california/codigo-civil/articulo-2605/"}]}},"cita":"Artículo 49, Ley General de Sociedades Mercantiles. Texto vigente, última reforma DOF 20 oct 2023. https://articuladomx.com/ley-general-de-sociedades-mercantiles/articulo-49/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}