{"ley":{"id":"ley-general-de-titulos-y-operaciones-de-credito","nombre":"Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito","abreviatura":"LGTOC","titulo":"Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito","jurisdiccion":"federal","materia":"civil","publicacion_original":"1932-08-27","ultima_reforma":"2024-03-26","ultima_reforma_fuente":"DOF","fuente":"Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión — Leyes Federales Vigentes","fuente_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lgtoc.htm","archivo_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LGTOC.doc","sha256":"3024e8fd14ffd0277fbf4b9d3789ea218612abf3958691089c0ae06f57276b79","descargado":"2026-10-17","url":"https://articuladomx.com/ley-general-de-titulos-y-operaciones-de-credito/","notas_verificacion":["Transitorios de decretos de reforma: la fuente los incluye solo «A partir de 1996»; los anteriores no están en este archivo."]},"articulo":{"numero":"17","clave":"17","slug":"17","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["TITULO PRIMERO. De los Títulos de Crédito","CAPITULO I. De las diversas clases de títulos de crédito","Sección Primera. Disposiciones Generales"],"texto":"El tenedor de un título tiene la obligación de exhibirlo para ejercitar el derecho que en él se consigna. Cuando sea pagado, debe restituirlo. Si es pagado sólo parcialmente o en lo accesorio, debe hacer mención del pago en el título. En los casos de robo, extravío, destrucción o deterioro grave, se estará a lo dispuesto por los artículos 42 al 68, 74 y 75 de esta Ley.\n\nTratándose de un título de crédito emitido en medios electrónicos, ópticos o por cualquier otra tecnología, el tenedor exhibirá dicho título a través del sistema de información a que se refiere el artículo 5o. de esta Ley y que haya sido determinado conforme a las disposiciones legales aplicables al título de crédito de que se trate.","nota":"Artículo reformado DOF 26-03-2024","url":"https://articuladomx.com/ley-general-de-titulos-y-operaciones-de-credito/articulo-17/","markdown":"https://articuladomx.com/ley-general-de-titulos-y-operaciones-de-credito/articulo-17.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"ley-general-de-titulos-y-operaciones-de-credito","numero":"337","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-general-de-titulos-y-operaciones-de-credito/articulo-337/"},{"ley":"ley-general-de-titulos-y-operaciones-de-credito","numero":"26","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-general-de-titulos-y-operaciones-de-credito/articulo-26/"},{"ley":"puebla/codigo-penal","numero":"388","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/puebla/codigo-penal/articulo-388/"},{"ley":"ley-general-de-titulos-y-operaciones-de-credito","numero":"42","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-general-de-titulos-y-operaciones-de-credito/articulo-42/"},{"ley":"ley-general-de-titulos-y-operaciones-de-credito","numero":"27","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-general-de-titulos-y-operaciones-de-credito/articulo-27/"}]}},"cita":"Artículo 17, Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito. Texto vigente, última reforma DOF 26 mar 2024. https://articuladomx.com/ley-general-de-titulos-y-operaciones-de-credito/articulo-17/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}