{"ley":{"id":"ley-general-de-titulos-y-operaciones-de-credito","nombre":"Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito","abreviatura":"LGTOC","titulo":"Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito","jurisdiccion":"federal","materia":"civil","publicacion_original":"1932-08-27","ultima_reforma":"2024-03-26","ultima_reforma_fuente":"DOF","fuente":"Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión — Leyes Federales Vigentes","fuente_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lgtoc.htm","archivo_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LGTOC.doc","sha256":"3024e8fd14ffd0277fbf4b9d3789ea218612abf3958691089c0ae06f57276b79","descargado":"2026-10-17","url":"https://articuladomx.com/ley-general-de-titulos-y-operaciones-de-credito/","notas_verificacion":["Transitorios de decretos de reforma: la fuente los incluye solo «A partir de 1996»; los anteriores no están en este archivo."]},"articulo":{"numero":"338","clave":"338","slug":"338","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["TITULO SEGUNDO. De las Operaciones de Crédito","CAPITULO IV. De los créditos","Sección Sexta. De la Prenda"],"texto":"El acreedor prendario, además de estar obligado a la guarda y conservación de los bienes o títulos dados en prenda, debe ejercitar todos los derechos inherentes a ellos, siendo los gastos por cuenta del deudor, y debiendo aplicarse, en su oportunidad, al pago del crédito, todas las sumas que sean percibidas, salvo pacto en contrario. Es nulo todo convenio que limite la responsabilidad que para el acreedor establece este artículo.","nota":"Fe de erratas al artículo DOF 08-09-1932. Reformado DOF 31-08-1933","url":"https://articuladomx.com/ley-general-de-titulos-y-operaciones-de-credito/articulo-338/","markdown":"https://articuladomx.com/ley-general-de-titulos-y-operaciones-de-credito/articulo-338.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"puebla/codigo-civil","numero":"2848","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/puebla/codigo-civil/articulo-2848/"},{"ley":"cdmx/codigo-civil","numero":"2873","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-civil/articulo-2873/"},{"ley":"chihuahua/codigo-civil","numero":"2767","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/chihuahua/codigo-civil/articulo-2767/"},{"ley":"guanajuato/codigo-civil","numero":"2368","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/guanajuato/codigo-civil/articulo-2368/"},{"ley":"codigo-civil-federal","numero":"2873","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/codigo-civil-federal/articulo-2873/"}]}},"cita":"Artículo 338, Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito. Texto vigente, última reforma DOF 26 mar 2024. https://articuladomx.com/ley-general-de-titulos-y-operaciones-de-credito/articulo-338/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}