{"ley":{"id":"ley-general-de-titulos-y-operaciones-de-credito","nombre":"Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito","abreviatura":"LGTOC","titulo":"Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito","jurisdiccion":"federal","materia":"civil","publicacion_original":"1932-08-27","ultima_reforma":"2024-03-26","ultima_reforma_fuente":"DOF","fuente":"Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión — Leyes Federales Vigentes","fuente_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lgtoc.htm","archivo_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LGTOC.doc","sha256":"3024e8fd14ffd0277fbf4b9d3789ea218612abf3958691089c0ae06f57276b79","descargado":"2026-10-17","url":"https://articuladomx.com/ley-general-de-titulos-y-operaciones-de-credito/","notas_verificacion":["Transitorios de decretos de reforma: la fuente los incluye solo «A partir de 1996»; los anteriores no están en este archivo."]},"articulo":{"numero":"435","clave":"435","slug":"435","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["Título Tercero. De los Delitos en Materia de Títulos y Operaciones de Crédito","Capítulo Único"],"texto":"La pena que corresponda podrá aumentarse hasta en una mitad más, si quien realice cualquiera de las conductas señaladas en los artículos 432, 433 y 434 de esta Ley, tiene el carácter de consejero, funcionario, empleado o prestador de servicios de cualquier entidad emisora de los objetos a que se refiere el párrafo primero del citado artículo 432, o las realice dentro de los dos años siguientes de haberse separado de alguno de dichos cargos, o sea propietario o empleado de cualquier entidad mercantil que a cambio de bienes o servicios reciba como contraprestación el pago a través de cualquiera de los instrumentos mencionados en el artículo 432.","nota":"Artículo adicionado DOF 26-06-2008","url":"https://articuladomx.com/ley-general-de-titulos-y-operaciones-de-credito/articulo-435/","markdown":"https://articuladomx.com/ley-general-de-titulos-y-operaciones-de-credito/articulo-435.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"codigo-penal-federal","numero":"400 Bis 1","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/codigo-penal-federal/articulo-400-bis-1/"},{"ley":"puebla/codigo-penal","numero":"253 Ter","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/puebla/codigo-penal/articulo-253-ter/"},{"ley":"cdmx/codigo-penal","numero":"340","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-penal/articulo-340/"},{"ley":"jalisco/codigo-penal","numero":"311","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/jalisco/codigo-penal/articulo-311/"},{"ley":"codigo-penal-federal","numero":"213 Bis","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/codigo-penal-federal/articulo-213-bis/"}]}},"cita":"Artículo 435, Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito. Texto vigente, última reforma DOF 26 mar 2024. https://articuladomx.com/ley-general-de-titulos-y-operaciones-de-credito/articulo-435/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}