{"ley":{"id":"ley-general-de-titulos-y-operaciones-de-credito","nombre":"Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito","abreviatura":"LGTOC","titulo":"Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito","jurisdiccion":"federal","materia":"civil","publicacion_original":"1932-08-27","ultima_reforma":"2024-03-26","ultima_reforma_fuente":"DOF","fuente":"Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión — Leyes Federales Vigentes","fuente_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lgtoc.htm","archivo_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LGTOC.doc","sha256":"3024e8fd14ffd0277fbf4b9d3789ea218612abf3958691089c0ae06f57276b79","descargado":"2026-10-17","url":"https://articuladomx.com/ley-general-de-titulos-y-operaciones-de-credito/","notas_verificacion":["Transitorios de decretos de reforma: la fuente los incluye solo «A partir de 1996»; los anteriores no están en este archivo."]},"articulo":{"numero":"63","clave":"63","slug":"63","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["TITULO PRIMERO. De los Títulos de Crédito","CAPITULO I. De las diversas clases de títulos de crédito","Sección Segunda. De los títulos nominativos"],"texto":"La sentencia en que se decidan las oposiciones formuladas contra la cancelación, sólo será apelable cuando el valor de los documentos exceda de dos mil pesos, debiendo admitirse la alzada en el efecto devolutivo únicamente.\n\nContra las demás resoluciones que se dicten en los procedimientos de cancelación y oposición no cabe recurso alguno; pero el Juez será responsable de las irregularidades de que adolezcan, así como de la idoneidad de las garantías ofrecidas por quienes las hayan solicitado.\n\nRespecto de los procedimientos a que se refieren los artículos 56 y 57, las providencias y el fallo que en ellos se pronuncien admitirán los recursos previstos para los juicios ejecutivos mercantiles.","nota":"Fe de erratas al párrafo DOF 24-09-1932","url":"https://articuladomx.com/ley-general-de-titulos-y-operaciones-de-credito/articulo-63/","markdown":"https://articuladomx.com/ley-general-de-titulos-y-operaciones-de-credito/articulo-63.md","que_significa":null,"citado_por":[{"ley":"ley-general-de-titulos-y-operaciones-de-credito","numero":"65","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-general-de-titulos-y-operaciones-de-credito/articulo-65/"},{"ley":"ley-general-de-titulos-y-operaciones-de-credito","numero":"66","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-general-de-titulos-y-operaciones-de-credito/articulo-66/"}],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"codigo-nacional-de-procedimientos-penales","numero":"470","epigrafe":"Inadmisibilidad del recurso","url":"https://articuladomx.com/codigo-nacional-de-procedimientos-penales/articulo-470/"},{"ley":"codigo-nacional-de-procedimientos-penales","numero":"40","epigrafe":"Tiempo y forma de recusar","url":"https://articuladomx.com/codigo-nacional-de-procedimientos-penales/articulo-40/"},{"ley":"codigo-nacional-de-procedimientos-civiles-y-familiares","numero":"916","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/codigo-nacional-de-procedimientos-civiles-y-familiares/articulo-916/"},{"ley":"codigo-nacional-de-procedimientos-penales","numero":"472","epigrafe":"Efecto del recurso","url":"https://articuladomx.com/codigo-nacional-de-procedimientos-penales/articulo-472/"},{"ley":"codigo-nacional-de-procedimientos-penales","numero":"479","epigrafe":"Sentencia","url":"https://articuladomx.com/codigo-nacional-de-procedimientos-penales/articulo-479/"}]}},"cita":"Artículo 63, Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito. Texto vigente, última reforma DOF 26 mar 2024. https://articuladomx.com/ley-general-de-titulos-y-operaciones-de-credito/articulo-63/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}