{"ley":{"id":"ley-general-de-victimas","nombre":"Ley General de Víctimas","abreviatura":"LGV","titulo":"Ley General de Víctimas","jurisdiccion":"federal","materia":"penal","publicacion_original":"2013-01-09","ultima_reforma":"2024-04-01","ultima_reforma_fuente":"DOF","fuente":"Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión — Leyes Federales Vigentes","fuente_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lgv.htm","archivo_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LGV.doc","sha256":"f15fb4c548e0fc302a05e021a7fb6759356d45ba093dfce83d9b602a480d9574","descargado":"2026-10-17","url":"https://articuladomx.com/ley-general-de-victimas/","notas_verificacion":[]},"articulo":{"numero":"108","clave":"108","slug":"108","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["TÍTULO SEXTO. SISTEMA NACIONAL DE ATENCIÓN A VÍCTIMAS","CAPÍTULO V. INGRESO DE LA VÍCTIMA AL REGISTRO"],"texto":"Una vez recibida la denuncia, queja o noticia de hechos, deberán ponerla en conocimiento de la autoridad más inmediata en un término que no excederá de veinticuatro horas.\n\nEn el caso de las personas que se encuentren bajo custodia del Estado, estarán obligados de recibir la declaración las autoridades que estén a cargo de los centros de readaptación social.\n\nCuando un servidor público, en especial los que tienen la obligación de tomar la denuncia de la víctima sin ser autoridad ministerial o judicial, tenga conocimiento de un hecho de violación a los derechos humanos, como: tortura, tratos crueles, inhumanos o degradantes, detención arbitraria, desaparición forzada, ejecución arbitraria, violencia sexual, deberá denunciarlo de inmediato.","nota":"Artículo reformado DOF 03-05-2013","url":"https://articuladomx.com/ley-general-de-victimas/articulo-108/","markdown":"https://articuladomx.com/ley-general-de-victimas/articulo-108.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"cdmx/codigo-penal","numero":"206 Quáter","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-penal/articulo-206-quater/"},{"ley":"ley-de-amparo","numero":"169","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-de-amparo/articulo-169/"},{"ley":"ley-general-de-victimas","numero":"107","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-general-de-victimas/articulo-107/"},{"ley":"codigo-nacional-de-procedimientos-penales","numero":"148","epigrafe":"Detención en flagrancia por delitos que requieran querella","url":"https://articuladomx.com/codigo-nacional-de-procedimientos-penales/articulo-148/"},{"ley":"codigo-nacional-de-procedimientos-penales","numero":"258","epigrafe":"Notificaciones y control judicial","url":"https://articuladomx.com/codigo-nacional-de-procedimientos-penales/articulo-258/"}]}},"cita":"Artículo 108, Ley General de Víctimas. Texto vigente, última reforma DOF 1 abr 2024. https://articuladomx.com/ley-general-de-victimas/articulo-108/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}